Juzgado su competencia e&clusiva en el caso presente, diríjasele
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 30
ID: fallos_30_112
Voces / Materias
COMPETENCIA
DELITO
Texto del Fallo
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FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
lugar al pedido del Señor Juez Ugarriza; y sosteniendo este
Juzgado su competencia e&clusiva en el caso presente, diríjasele
oficio con trascripcion do hl vista fiscal y do este auto, á afecto
de que, si insistiera en la suya, se sirva t?levar los antecedentes
á la Suprema Corte Federal y comunicarlo á este Juzgado á
los efectos legales.
.lulian L. Ag"irre.
Uuenos Aires, )layo 21 1lo 188(1.
Yista la resolucion comunicada por el Juez de lo Criminal do
In Cat>ital, y resultando fle ella que siendo el proce3o inir.iado
contra D. Eliseo :\ce,·edo por desacato y amenaza · al Pre:;i-
dento de la República, la jurisdiccion corre-;pondo csclusim-
monte á este .Juzgado, en \'ista de las disposiciones terminantes
invocada en el auto que lo fué comunicado anteriormente,
rcquirióndole su inbibicion en este asunto. Que si co1no pa-
rece deducirse de algunas do las considcrl\Cioncs contcnirlas en
la resolucion del Juez de la Capital, sin manifestarlo esprosa-
mente, el desacatamiento y amenazas al Presidente d 1~ la Re-
pliblica han sido hechos por medio de la prensa, no habría
motivo para iniciar un proceso por desacato, pues los delitos
que se cometen por la prensa forman una categoría distinta
por el hecho solo de haberse valido de ella como instrumento
para ejecutarlos, cntogorín que no podria caer, tampoco, bajo
la jurisdiccion del Juez del Orímen de la Capital, cuya auto-
ridad emana de una ley del Oongreso dictada en virtud de la
facultad conferida por el artículo 9.¡ de la Oonstitucion y es,
por lo tanto, nacional en la misma accpcion de los demás Jueces
Federales. Que no pudiéndose concebir que el Juzgado de la