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DE JUSnr.fl IUCIOftAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 30 ID: fallos_30_251

Jueces

Silva Pinto

Voces / Materias

DOMINIO

Texto del Fallo

DE JUSnr.fl IUCIOftAL propietario, no ha poditlo ca01biar la causa de su posesion, aunque se hubiera atribuido ante otras persoolls t:l escluaivo dominio de la cosa que tenía arrendada. Y que atin abando· m1ndola como se aliriU:l que lo hizo, la posesion no la había perdido Silva segun la disposicion del articulo citado. Y con mas razon (lebe reputarse que continuó poseyenrlo para su representado, enanto que sostuvo hasta t818 que era arrenda- tario del campo, y en es¡L calidad daba por rescindido el con- trato con el nuevo pro1•ietario. Se ha exhibido la transaccion li que se hace referencia en el resultando H para demostrar que Muiiios poseía li título de dominio en pie ito con el Sr. Silva; pero debe tenurse presente que lluiños había adquirido por cesion los derechos que cor- respondan á D. Yicente, D. Domingo y D" María Secundina Troncoso, así como los de D• lfagdalena Pintos, y que inves- tido de estos títulos que les daban derechos 11 una parte de esos campos, pocHa transar y arreglar con Silva respecto di! esos derechos que onda tienen que hacer con el campo en cucs- tion, pues que babi~nd o l os adquirido en t837 á f843 ba con- tinuado llamándose arrendatario, lo que indudablemente no habría sucedirlo, si hubiese estado comprendido en los derechos adquiridos. La parte de Craviotti se ha opuesto al interdicto alegando: t¡ue los títulos del demandado tienen su origen en los campos que poseía D. Sebastian Yacbado que están al fondo de su terreno, como ha quedado definitivamente establecido por la aprobaciou do la mensura quo corre t>n el cspedicnte agregado. Sin entrar ti juzgar sobre los títulos que unos y otros tengan JHtra poseer, dt>bcmos notar, que la posesion nada tienen de comun con el derecho de poseer y que es irultil la prueb'l de este derecho. Este principio solo re-:onoce una escepcion : en el caso de posesion dudosa, en que es imposible averiguar cual sea hl posesion mas antigua, como se consagra en los artículos .¡o