← Volver a resultados

FAtLOI Dlt LA SUPIUA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 30 ID: fallos_30_312

Voces / Materias

ADUANA CONTRATO

Texto del Fallo

• ( 318 FAtLOI Dlt LA SUPIUA CORTE llu~noa Airea, A¡oato 14 de 1886. Vistos y considerandu:. Primero: Q••e por el contrato de· flé• tamento¡ cuya traduecion corre ú foja nintitres, el Capitan .Siegel se obligó á conducir e.n el buque Atnllroom, un carga- mento comple.to de piedra para empedrados, desde el puerto de Montevideo al muen, de P~.nta Lara, ·ó tao cerca de él como pudiera aproximarse co1i seguridud, y á entregar la carga con- fcn:me i los .co.n~imi.entos . Segun~o: Que por el JQis.._o contrat9 se concedieron \'tinte dias pa1a cargar y descargar, comenzando estos a correr d~sde el .dia despues de el en que el buque. estuviese pronto para,di- ehaa operaciones en 1a AfJuuna, debiendo los oftetadores ó sus agentes. si el buque fuet~e detenido por ellos mua a!li de este tiempP, pagtr estadías A dich.o Oapitan A razou de veiuticineo pesos fuertes oro, por «!!ld~ d.ia de detenciou. Teruro: Que no puede suponerse que por la chíusuht sobre estadías se ha1a dejado 'Si'n ·efecto lo egtillDlado sobre el lugar de 1~& descarga. porqu~ el mismo Capitan Siegel, reconocién- dose obligado por esta parte del cooh:~to, llevó su buque al 01uelle de Punta !Jara, donde aquella·operaeion dt~bia efectuarse. CtfQJ'lo: Que, ·si•~do esto así. los días ,señalados para pr.ac- ~icatla no han comenz•do 4 correr, sioú desde que el buque llegó al lugar designado en el .eootrato, y por consiguiente, el avi.so que antes de verificarse e~tte hec~o, se dió por el Capitao de ballilr.lie pronto Jt.!ra la descarga por haber dado entrada en la Aduana, ea inefieaa para pródUI}ir estadías desde .que el buque n~ se hallaba aún en el lugar cunvenUio para efectuar dicha operaciop.