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WuUI' con quien uo h•lbia contratarlo, y li quien no ha.bia·de_man·

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 30 ID: fallos_30_401

Jueces

Costa

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

01 JIJSTIQA I.UCIONAL exhibicion de los tftulost y que nada tenia que hacer con el Sr. WuUI' con quien uo h•lbia contratarlo, y li quien no ha.bia·de_man· dado. .. ................... í Buenos Aires. Agoato 3 de 1886. Y vistos estos autos en lo relativo al incidente promovido por el demandado, para que se le obligue " la Señor!\ de Mir6 á la pr.esentacion de los títulos de lu: propiedad de cuya com- rra-venta se trata ; y considerando : q tte tal peticion no es ti aut.ori.zada por la ley, sien!lo solo admisibl~, ~n él estado en que se encuentra ~1 juicio, las excepciones dilatorias consig- nadas en el artículo 73 de la ley de Procedimientos.- Que p<ir lo que' respecta '4 la intQrnncion que se pretend~ dar i Don Julio H. W:uUUampoc.o puede admitirse, desde que la dem,nda ba sido dirigida contra Don Sylla llonsegur quien esti obli· gado á contestarla. -Por estas razon.es, fallo no haé:ienélo Jupr con costas,, i lo solic.itado t'n el escrito de foja dieZ:, dttbiendo en su consecuencia, contestar el Señor Monsegur derechamente la demanda : y t~ngase por parte al ·eolicitante Don .Jacinto Ga}vo en virtud del testimonio de· poder exhibido. - Rep.6n· gaae el eello. Amlrél Vgarriza . ....................... Bueno• Airea, Setiembre '7 de 1886. Vistos: Por sus fundamento:~ se confirma oou 4".ostas el auto