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Que comp~'obad,a ]a 'identidad del d:tenido,

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 336 ID: fallos_336_193

Voces / Materias

EXTRADICIÓN DELITO

Texto del Fallo

DE .JUSTICIA .m~¡:'Á XACIÓl\ 197 Que comp~'obad,a ]a 'identidad del d:tenido, su defensor no se ha opuesto á la .extradición y ha manifestado, pbr el cou- trario, su cOnfOr!11'idad;limitándose á pedir que élla s'.~aacor- dada con los bencficiosestab]ecidos p'Or el .a.rtícu]o 667 del citado código de Procedimientos en lo criminal, por tratarse de delito 'que üenén '\.llla p;enalidad menor en la repúbJi.ca con relación_á ]0 establecido por l.as leyes ~rancesas, ]0 que se ha resuelto de conformidad por la sentencia pronunciada por el juez de la causa á foja 34. Que esta sentencia, confirmada por sus fundamentos por la cámara federal de Apelaciones á foja 43, expresamente se . . declara !qu'2 se cono.:el-ela ,extradición solicitada, á título de reciprocidad y á condición de que sólo se impondrá al r~que- rido las penas que determina e] c~igo Penal Argentino, por ser más benignas, á cuyo efecto S:omanda remitir COpi.l autori- zada de las disposiciones legales aplicables á los delitos im- putados ¡al referido Eugenio Prósp:,:ro Beele. Que esta resolución se .ajusta á l.as disposicion:os legales de que en ella s.,:hace mérito, y está., también, de acuerdo con los antecedentes de jurisprudencia est.ablecidosen casos arlálogos por esta suprema corte, sin que proceda en d caso, otras exigencias fuera de las .expresamente autorizadas por derecho y que quedan deda~adas como condición de la extradición . concedida. por ello y de conformidad con lo expuesto y pedido por el señ.or procurador general, se confirma la s.entencia apelada de foja 43. Notifíquese con el original y devuélvanse los autos al tribunal de su procedencia. A. BJ<JRMEJO.-OCTAVIO'BuN- GE.-NICANOR G. Dl~L SO- LAR.-C. :M:OYA:SO' GACI-