DE .JUSTICIA ng LA NACIÓN
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 336
ID: fallos_336_225
Normas Citadas
ley 4055
Sumario
1.0. Si bien el privilegio de explotar un invento. empieza á contarse desde 1a fecha 'en que ha sido acardada
Texto del Fallo
DE .JUSTICIA ng LA NACIÓN
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ción de los oienes,
y máxime, si~xiste
co.mo 'en este caso, un
domicilia canvenida piara el cumplimiento. deJas
abligacio.nes.
"Que juzgando. 'es'ta corte de la referida cantienda,
á mérito.
de lo.establecida po.re1artículo. 9.° incisa d., de la ley 4055, es de
tenerse
en cuenta
que r.egún La jurisprudencia
de la misma
establecida en el Cdsa que se registra en 'el tomo. 98, página 359,
la.s accianes como. la pre'sente no 'entran en la disposición del in-
ciso 4.0 del artÍ~ula
3284 del código. Civil.
..
Que siendo así no ~uede invo.carse en pró de la co.mpetencia
del juez de esta cap;ital lo 'establecido. por el artículo
3284 del
. '.
códigQ Civil citado.
Po.r ella, de acuerda
co.n lo pedido. por el señor procurador
general,
se :resuelve 'que el juez Co.IilJp~teJ1tepara
en:tender
en' 1<1, presente demanda, es_d del Ro.sario.de Santa Fe, á quién
se le,remitirán
los auto.s, dirigiéndase ei ofiCio de estilo al de
e.sta capital.
No.tifíquese con er orIginaL
A. BUNQE.---OCTAVIO.
BUNGE
NIQANon
G. DEI" SOLAR.-
J\L P. DAHACT.---C.
}fOYANO
GACITÚ.A
CAUSA
CXVI'
Don Jua.n L. D' Affitto
contm el Gobierno Nacional, ;sobre
'Mt-.
dmnnización ]J01' u,so índebido de un invento
Sumario:
1.0. Si bien
el privilegio
de explotar
un invento.
empieza á contarse desde 1a fecha 'en que ha sido acardada