← Volver a resultados

DE .JUSTICIA ng LA NACIÓN

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 336 ID: fallos_336_225

Normas Citadas

ley 4055

Sumario

1.0. Si bien el privilegio de explotar un invento. empieza á contarse desde 1a fecha 'en que ha sido acardada

Texto del Fallo

DE .JUSTICIA ng LA NACIÓN 229 ción de los oienes, y máxime, si~xiste co.mo 'en este caso, un domicilia canvenida piara el cumplimiento. deJas abligacio.nes. "Que juzgando. 'es'ta corte de la referida cantienda, á mérito. de lo.establecida po.re1artículo. 9.° incisa d., de la ley 4055, es de tenerse en cuenta que r.egún La jurisprudencia de la misma establecida en el Cdsa que se registra en 'el tomo. 98, página 359, la.s accianes como. la pre'sente no 'entran en la disposición del in- ciso 4.0 del artÍ~ula 3284 del código. Civil. .. Que siendo así no ~uede invo.carse en pró de la co.mpetencia del juez de esta cap;ital lo 'establecido. por el artículo 3284 del . '. códigQ Civil citado. Po.r ella, de acuerda co.n lo pedido. por el señor procurador general, se :resuelve 'que el juez Co.IilJp~teJ1tepara en:tender en' 1<1, presente demanda, es_d del Ro.sario.de Santa Fe, á quién se le,remitirán los auto.s, dirigiéndase ei ofiCio de estilo al de e.sta capital. No.tifíquese con er orIginaL A. BUNQE.---OCTAVIO. BUNGE NIQANon G. DEI" SOLAR.- J\L P. DAHACT.---C. }fOYANO GACITÚ.A CAUSA CXVI' Don Jua.n L. D' Affitto contm el Gobierno Nacional, ;sobre 'Mt-. dmnnización ]J01' u,so índebido de un invento Sumario: 1.0. Si bien el privilegio de explotar un invento. empieza á contarse desde 1a fecha 'en que ha sido acardada