OJO ,Jl;STICL-\
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 336
ID: fallos_336_319
Voces / Materias
COMPETENCIA
Sumario
A los efectos de determinar la competencia del juez" debe cons~derars"~ como acci:S:1 personal y nO C0l110cumpli- miento de sentencia, la demanda por cobro de dai'íos y perjuicios iniciada á cons'ecuencia de un fallo pronunciado en otr-o pleito, en el que se 'declar6 que los daños y perju(cios .erán á cargo del vencido, ~' cuya fijación deberá hacerse en otro juicio. C¡iSO. Lo explican las siguientes pIezas:
Texto del Fallo
t.
OJO ,Jl;STICL-\
DE
LA
:oiAUION
3:23
I •
como
lo hace
respecto
de los hijos naturales
en el inciso b.,
del mismo artÍCulo 63, veáse diario
ele Se~iones de la cámara
de
diputados.
1902,
11. página
82).
En
su mérito
oido el señor
procurador
general,
se confirma.
el autc. de foja 34 vuelta,
con costas.
]\'otifíquese'
con el original
y repuesto
el papel
de\'uélvase.
A. Bmnm.JO.----.P.
D:<\.HACT.
CAUSA
CXXVII1
Contienda
d(J mmpe?cncia
tnluuda
I(',¡¡re el uc;¿-de
1/1. instoncia".
de lo c(lpital y el de igual
clase de la provincia
de C01Tientes
en los autos. 1~1'oclucialJsentre Fro.násco Fmúlla.l1d, y jose Bios
por cobro de pesos.
Sumario:
A los efectos de determinar
la competencia
del juez"
debe
cons~derars"~ como acci:S:1 personal
y nO C0l110cumpli-
miento
de
sentencia,
la demanda
por
cobro
de
dai'íos
y
perjuicios
iniciada
á cons'ecuencia
de
un fallo
pronunciado
en otr-o pleito, en el que se 'declar6 que los daños y perju(cios
.erán
á cargo
del
vencido,
~' cuya
fijación
deberá
hacerse
en
otro
juicio.
C¡iSO.
Lo explican las siguientes
pIezas: