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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 336 ID: fallos_336_329

Voces / Materias

COMPETENCIA

Texto del Fallo

DE JUSTICIA OfJ LA NAClON DISIDl~NCIA aaa I 1') Vist'Üs los de contienda de comn~t,encia entre el jue7. de pri- mera instancia de la capiLll y el de igual clase de la provincia de Corrientes, piara c'Ünocer en juicio por oobro de pes'Üs.entre don Francisco F. FouilIand y don José l..H.ios, y C'oI13iderando: Que el artícul'Ü 411 del código de Procedimientos de la cap:tal y el artículo 367 del código de Procedimientos de la provincia de Corrientes n'Ü son de apaicación ,en el pr'esente caso, porque ninguno de esos códigos, ,es'ley común p<u:a los jueces entre qui~~nes se há trabado la contienda de competencia. Que en la sentencia de foja 394, del sup'erior tribunal de CorrienteS, se condenó á la parte de Silv'ero, de quienes sucesor Rios (foja 311). á restituir al actor F6uilland el inmu~hle r:ei- vindicado, declarándose, además, que los daiios y perjUICI05., cuya fijación ,debía hacerse ,en otro juicio, eran 'á cargo del vencido. , , Que la c'Ündenación sobre este último piarticular había sido solicitada en' el escrito de foja 139, á la vez quc la restitución , ' del camp'o. .•.. QUé el hecho de dejarse p;ara otro juicio la .estimación de los dañ'Üs y perjuicios, se ,encuentra explicada de la siguiente ma- nera en los considerandos de la citada sentencia de foja 393: «M-cparcce ÍI1l1egable que la reinvindicación de un O,11npodiri- gida contra un 'poseedor sin justo título, ni búena fe, hace proce- dente la condenación' p:edida, y en tal caso los daños y perjui- cios consistirán en el valor del anendamiento del inmueble v de l'Üs frutos Q'ue el ocupJante hubieré percibido, pues que este c'Ün su indebida plosesión ha venido á privar al propietario