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y vistos: Los segui<:lospor los

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 336 ID: fallos_336_344

Voces / Materias

DAÑOS Y PERJUICIOS

Texto del Fallo

348 }'AI,T,OS DE I,A COIlTJiJ SUPlnJMA SENTENCIA DEL ,JUEZ DJlj PAZ LETIUDO DEI., IWSARIO IlOSOl'io, Febl'el'o 22 de 1905' 'Autos y vistos: Los segui<:lospor los s.~ñores Juan María Show, Lui, Pinasco y Gr,aciano Laborda ppr daños y perjuicios contra ~I ferrocarril Central Argentino, de los que resulta: Que á fojas tres, se pr.ese.n!an las personas nombradas manifestando que el día trei:l- ta y uno de mayo del año mil novecientos cuatro, desp::::charcn de la estaci6n Retiro (Buenos Aires), á ésta ciudad p:or la cmpresa del ferrocarril Central Argentino, seis bultos de equi- pajes conteniendo los' objetos que se detallan en la lista que acompañaban, de un valor de seisci.entos cincuenta pesos y cuya remisi6n la comprobaban con la guía número' cuatro cientos veinte y cuatro, expedida por dicha empresa y que también acompañan. Que pasaron después en ~sta ciudad á reclamar la en~rcga de a qu,:llos bultos y, se les inform6, qU'c se habían perdido, 'y como transcurriera el término prescr:¡Yto por el artÍcu- lo 178, del reglamento de ferrocarriles, interpusie,ron el reclamo respectivo, el día seis de junio dé ese mismo afio, en. el libro qlÍe hf'-b1acl artículo 63, del reglamcnto mcnóonado, detallando los 'objetos que contenían los bultos y haci('ndo constar el valor de ellos, "que era de se:s ci.entos cincuenta pesos, moneda nacional. Que habiendo llenado todos J9S requisitos legales, para conse- guir la entrega de los bultos, 6en su defecto ,él pago del contenido. ele ellos, y 110 habi~ndolo p:::>didoconseguir porque !aemprc"a ID los había at::nd~do, venfan á entablar la presente +