y vistos: Los segui<:lospor los
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 336
ID: fallos_336_344
Voces / Materias
DAÑOS Y PERJUICIOS
Texto del Fallo
348
}'AI,T,OS
DE
I,A
COIlTJiJ SUPlnJMA
SENTENCIA
DEL
,JUEZ
DJlj PAZ LETIUDO
DEI., IWSARIO
IlOSOl'io, Febl'el'o
22 de 1905'
'Autos
y vistos:
Los segui<:lospor los s.~ñores Juan María Show, Lui, Pinasco
y Gr,aciano Laborda
ppr daños y perjuicios
contra ~I ferrocarril
Central
Argentino,
de
los que
resulta:
Que á fojas
tres,
se
pr.ese.n!an las personas nombradas
manifestando
que el día trei:l-
ta y uno de mayo del año mil novecientos
cuatro, desp::::charcn
de
la
estaci6n
Retiro
(Buenos
Aires),
á ésta
ciudad
p:or la
cmpresa
del ferrocarril
Central
Argentino,
seis bultos de equi-
pajes
conteniendo
los' objetos
que se detallan
en la lista que
acompañaban,
de un valor de seisci.entos cincuenta pesos y cuya
remisi6n
la comprobaban
con la guía
número'
cuatro
cientos
veinte
y cuatro,
expedida
por
dicha
empresa
y que
también
acompañan.
Que pasaron
después
en ~sta ciudad
á reclamar
la en~rcga de a qu,:llos bultos
y, se les inform6,
qU'c se habían
perdido, 'y como transcurriera
el término prescr:¡Yto por el artÍcu-
lo 178, del reglamento
de ferrocarriles,
interpusie,ron
el reclamo
respectivo,
el día seis de junio dé ese mismo afio, en. el libro
qlÍe hf'-b1acl artículo 63, del reglamcnto
mcnóonado,
detallando
los 'objetos que contenían
los bultos y haci('ndo constar el valor
de
ellos, "que era
de
se:s
ci.entos cincuenta
pesos,
moneda
nacional.
Que habiendo
llenado todos J9S requisitos legales, para conse-
guir
la
entrega
de
los
bultos, 6en
su defecto
,él pago
del
contenido. ele ellos,
y 110 habi~ndolo
p:::>didoconseguir
porque
!aemprc"a
ID los había at::nd~do, venfan á entablar
la presente
+