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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 336 ID: fallos_336_351

Voces / Materias

IMPUESTO APELACIÓN

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN al procedimiento común, y no de un caso especial, que implique el desenvolvimiento de una industria, el establecimiento de un ferrocarril. la ~onstrucción de'un p.uerto ó canal nav,cgable, ni tampiObode materiales que pudieran emplearse para su explota.-. ci6n ó conservación, como es la mente en que están informadas \y basadas las leyes nacionales que eximen de todo impuesto nacional 6 provincial á las empresas que promueven obras bene- ficiosas para el país. 6.° Que esto mismo p13reoereconocer -el demandante' á fojas cuando refiriéndose al fallo de la suprema corte de justicia nacio- nal, inserto en el tomo 32, pigina 318, dir:e: ;(Que el F. C. Central, no estaba exento del pago de contribuciones, porque, sólo gozaba de es~ privilegio el ferrocarril en sus vías y depen- dencias necesar:as'->,no las demás propi,edades de la compañía. Por estas y oL'as consideraciones 'Que'omito, no ha lugar á la revocatoria solici~ad3, c,)ncedi'.'ndose la apelación en subsidio. En su consecuencia, elévense estos autos al scperior, con la nota de' estilo y rep;ónganse las fojas. Sandalio' Alarcón.'~ (Ante mí): Cárlos Sotomayor SENTENCIA DEL JURZ DEL ROSARIO . R080erlo, Agosto 18 de 1008 y vistos: .1..05 pre'sentes autos traídos en apelación por la parte del ferrocarril. Central y Rosario, en virt~d de lo resuelto á foja 29, por el seilor juez de paz letradó d~ la 4.a sección; que declara que el ferrocarril referido' no está exento p'or la ley «Mitre«, del pago del papel sdlado para' litigar ante los tnbunales de pTovincia.