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DE LA SUPREMA

08/04/1903 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 336 ID: fallos_336_366

Voces / Materias

EXTRADICIÓN JURISDICCIÓN PRESCRIPCIÓN DELITO

Texto del Fallo

370 FALLOS DE LA SUPREMA CORTE sin haher mediado aquélla, un criminal ó un procesado se encuentra dentro de la nación requerida, por haberse trasla- dad'Ü á ella en la f'Ürma ordinaria, 'desde que en el p¡rimer 'caso , y :en los segundos existen las mismas razones; y que, por otra parte, al hablar ei mismo artículo de delitos cometidos en el territorio de la nación, requiniente, no ha entendido excluir , del tratad'Ü los actos delictuosos de comp)icidad en esos de- litos, que pueden haber sido ejecutados en el territorio de l~ nación r,equerida, pues:, 'en tal 'caso no hay ,delitos separa- dos 'é independientes, sino un delito único, á cuya consuma- ción se ha concurrido desde el ,extranjero, ó como se ha dicho muy bien, los actos de comp:licidad son indivisibles de. l,os hechos constitutivos del delito. (fallos, tomo 94, página 286). Que no p!ued.e decirse incompetente -el tribunal de Asti, piara condenar ~ Teobaldo Fogliati, desde que, según el testi- monio de foja 32, en ul¡lión de José Fog'1iati, se constituyó «en razón social, bajo la denominación de Fogliati Hermano"s" establecida en CanelJi, de fecha 8 de abril de 1903, y 'es un p,rincipio reconocido de der.echo internacional privado, que si un tdelito es perpetrado en un estado, afectando exclusiva- mente los derechos y los intereses de otro á éste' corresponde la jurisdicción r.epresiva, porque es el único que puede invocar la defensa jurídica como base de la ¡yena1idad, y razón del castigo. (Actas de las sesiones del congreso sud americano reunido en Montevideo en 1888, página 147). Que 'para invocar la prescripción de "tres años, contados desde. la comisión del delito, se alega piar la defensa que «no se des- pr.e.nde d,.; autos, si la p~rdida ha excedido á un 25 ¡yor ciento sin tenerse en cuenta las constancias de los recaudos del ple- dido de extradición, que ponen de manifiesto el error de aq'uélla.