DE LA CORTE ,SUPHEIIfA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 337
ID: fallos_337_382
Voces / Materias
BANCO
COMPETENCIA
APELACIÓN
Normas Citadas
ley 4055.
ley
48.
Texto del Fallo
386
!'"af,LOS
DE LA CORTE ,SUPHEIIfA
411, <¡ue e-itablere
lo!; casos
en
que
es admisible
el rCCUl'!;Oextraor-
dinario
de apelación,
á que se refiere
el art.
G de la ley 4055.
La
municipalidad
recurrente
impugnó
la
competencia
de
la
Justic!a
federal,
basándose
en lo que
dispone
el ar!.
111
illci,o
l."
de" la
l~y 1893
sobre
org,anización
de los
tribunales
de
la
capital,
;; como
l,a cámara
superio~'
no hiciese
lugar
á dich!1 incompetencia,
se recurre
á ,V" Ji}. invocando
los
incs.
1 y 30 de la .citada
ley
48.
El 'primero
de
estos
inciso!;
no
tiene
apJica,ción"
indi,'Jcut:iblclllcnt:e,
ilcsde qU,e no se,ha
puesto
en cuestión
la. yr,tlidez de ning~ll
tratado,
I ley
del congreso
Ó ,autoridad
de la
nación.
En
cuanto
al
segundo
110 pu~dc; autorizar
el recurso
deducido,
desde
que la. ley cuya
inte-
ligencia
ha
sido
cuest~onadaJ
es de cáracte~'
local,
ajcna
al
conoci-
miento
de V. ,K
por
referirse
á la
admiuistTación
de los
tribuna-
les
<le la
capital
y
cuya
interpretación
elebe reputarse
deferida
á
sus
mismos
trib~lIla!es"
no
siéndole
aplicable
la
denominación
de
ley
del
c(mgl'eso,
r¡ne emplea
el artículo,
14 recordado,
pues
que
ha.
sido
s;:lllcionada
por
el
dicho
congreso,
en
su
carácter
de
legis-
Ít<1.ura, local.,
Así
lo
tiene
resuelto
la
jurisprudencia.
de
V.
E,
en
diversos
',casos,
de
los
cuales
citaré
los
contenidos
en
los
tomos
48 p:lg. 82, 56 pág.
312,90
púg.
239.
Pido
á Y.
E."
pues"
se sirva
no
hacer
lugar
al
recurso
inter-
puesto,.
Luís B .. Malina.
F ALl O
DE
l.A
CORTE
SUPREM.A
Buenos Aires,
JuliO
15 de 19::9.
Autos.
vistos
v con~iderado:
".
4'
'.
No tratándose
de un ca!;o de los previstos
en el artículo
9 de la
ley
númúo'
4055
ni
éxistiendo
en
el
auto
recul'l'ido
decisión
con-
traria.
al
fuero
federal
invocado
por
el bancO
l1il)oteeario
naClOna!
,!.arL14,
inc,iso 3,~ de ,h ley J1úm.
4R), se declara,
<1e acuerdo
cou
lo resu~lto
en ,casos, al~álogos,
lo pedido
por
ei señor
procurado);'
ge-
\