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DE LA CORTE SUPREMA

10/06/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_56

Voces / Materias

IMPUESTO

Normas Citadas

ley 50. ley 50

Texto del Fallo

60 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA que con el orificio de la tapa de ésta coincidía el gollete de aquélla; a lo qu,e se agrega que las explicaciones e'nsa- yadas por el bodeguero ,en el trámite administrativo y en la demanda contenciosa son contradictorias y que su pre. tensión de que la aludida diferencia se haya debido a una causa distinta del expendio sólo aparece como una posibili- dad contra cuya verosimilitud conspira el conocimiento que tuvo el teeurrente de la deficiencia de las piletas en donde se habían producido las filtraciones por él invocadas y la circunstancia de que, en todo caso; su uso habría impor- tado una imprudencia cierta, corresponde concluir que las pruebas de descargo alegadas son.insuficientes a los efectos de la absolución y que debe condei1ársele con arreglo a lo dispuesto por el arto 27 del' texto ordenado de las leyes de impuestos internos (l). ' MARIA L. PEREZ GUZMAN DE VIA~A y OTRA v. PRO- , VINCIA DE TUCUMAN PRUEBA: Peritos. Los cuestionarios a rós cuales .los peritos deberán ajustarse . en el cumplimient.o de su cometido pueden ser presentados en el comparendo previsto. por el art. 142 de la ley 50. Y tratándose en el. caso de una prueba común por no ha- berse desentendido por' completo de ella y de modo expreso , alguna de las partes, la audiencia prevista en el arto 142 de la ley 50 puede realizarse para los dos litigantes en la misma ocasión aunque haya sido decretada en ambos cua. d~rDos de prueba y para fechas distintas (2). HAROLDO BALADO LOPEZ v. PROVINCIA DE BUENOS AIRES PROVINCIAS. En ejercicio de las facultades y la obligación .de adminis- trar justicia que les incumbe las provincias pueden, sin que ello importe en sí mismo agravio alguno al derecho de . . (1) 10 de junio de 1946. Fallos: 178, 224; 179, 338; 182,' 349 Y 384; 184. 530; 197,266 y 269; 198, 229 Y 310; 199, 1; 200, 189. . (2) 10 de jumo de J9'16.