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DE .JUSTICIA

12/06/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 338 ID: fallos_338_57

Voces / Materias

DAÑOS Y PERJUICIOS CONTRATO COMPETENCIA RECURSO EXTRAORDINARIO JURISDICCIÓN

Texto del Fallo

DE .JUSTICIA DE LA N ACIÓN 61 " defensa ni al principio de la igualdad, asignar a jueces co- munes, en varias instancias, o a tribunales especiales de instancia única el conocimiento-de cuestiones átinentes a leyes comunes o a leyes especiales de orden local (1). RECURSO EXTRAORDINARIO: Requisitos formales. Introdl~cciÓtt' ~ la cuestió,~ federal.'Oportu.nidad. Pla4lteamiento en 2~ instancia. Es improcedente. el recurso extraordinario fundado en la insconstitucionalidad del arto 13 del Cód. contencioso-admi- nistrativo de la Prov. de Bs. Aires en cuanto señala el término de treinta días para deducir .1asacciones a que. se refiere, contra la sentencia de segunda instancia que, i>inresolver esta cuestión tardíamente planteada, se limita a decidir que, conforme a lo..quedisponen las leyes locales, no .compete a la justicia ordinaria de la provincia sino a la Suprema Cort.ede la Provincia entender en la acción de- ducida por el recurrente . .ANTONIO J. RIBEIROS V. MAURICIO SELDES I/URISDICCION y COMPETENCIA: Competencia territorial. Lugar ciel domicilio de las partes. . No habiéndose convenido lugar para el cumplimiento de las obligaciones ni resultando éste de la naturaleza de ellas, corresponde al juez del domicilio del demandado conocer en el juicio sobre indemnización' de daños y perjuicios pro- movido con motivo del. incumplimiento de un contrato de compraventa celebrado por el vecino de una provincia con otro de la Cap. Federal (2). JURISDICCION y COMPETENCIA: Prórroga. Trámites judiciale,. No importa prórroga de jurisdicción el envío de un tele. grama al juez que interviene en el juicio solicitando la pos- tergación de una audiencia de prueba a la cual el deman- dado, que promovió y prosigue una cuestión de competen'" cia por inhibitoria, podía concurrir, haciendo en ella la sal•. vedad pertinente. -(1) 12 de junio de 1946. Fallos: 184, 490; 194, 317. (2) 12 de junio de 1946. Fallos: 166, 337; 177, 13; 184, 401.; ti,_G51; 195, 322.