DE .JUSTICIA
12/06/1946
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 338
ID: fallos_338_57
Voces / Materias
DAÑOS Y PERJUICIOS
CONTRATO
COMPETENCIA
RECURSO EXTRAORDINARIO
JURISDICCIÓN
Texto del Fallo
DE .JUSTICIA
DE LA N ACIÓN
61
"
defensa ni al principio de la igualdad, asignar a jueces co-
munes, en varias instancias, o a tribunales especiales de
instancia única el conocimiento-de cuestiones átinentes a
leyes comunes o a leyes especiales de orden local (1).
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos formales. Introdl~cciÓtt'
~
la cuestió,~ federal.'Oportu.nidad.
Pla4lteamiento en 2~ instancia.
Es improcedente. el recurso extraordinario
fundado en la
insconstitucionalidad del arto 13 del Cód. contencioso-admi-
nistrativo
de la Prov. de Bs. Aires en cuanto señala el
término de treinta
días para deducir .1asacciones a que.
se refiere, contra la sentencia de segunda instancia que,
i>inresolver esta cuestión tardíamente planteada, se limita
a decidir que, conforme a lo..quedisponen las leyes locales,
no .compete a la justicia ordinaria de la provincia sino a
la Suprema Cort.ede la Provincia entender en la acción de-
ducida por el recurrente .
.ANTONIO J. RIBEIROS
V. MAURICIO SELDES
I/URISDICCION
y COMPETENCIA:
Competencia territorial. Lugar
ciel domicilio de las partes.
.
No habiéndose convenido lugar para el cumplimiento de
las obligaciones ni resultando éste de la naturaleza de ellas,
corresponde al juez del domicilio del demandado conocer
en el juicio sobre indemnización' de daños y perjuicios pro-
movido con motivo del. incumplimiento de un contrato de
compraventa celebrado por el vecino de una provincia con
otro de la Cap. Federal
(2).
JURISDICCION
y COMPETENCIA:
Prórroga. Trámites judiciale,.
No importa prórroga de jurisdicción el envío de un tele.
grama al juez que interviene en el juicio solicitando la pos-
tergación de una audiencia de prueba a la cual el deman-
dado, que promovió y prosigue una cuestión de competen'"
cia por inhibitoria, podía concurrir, haciendo en ella la sal•.
vedad pertinente.
-(1)
12 de junio de 1946. Fallos: 184, 490; 194, 317.
(2)
12 de junio de 1946. Fallos:
166, 337; 177, 13; 184, 401.;
ti,_G51; 195, 322.