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FALJ.)OS DE

25/09/1943 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 338 ID: fallos_338_58

Voces / Materias

RECURSO EXTRAORDINARIO ADUANA RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

62 FALJ.)OS DE LA CORTE SUPREMA . CENTRO DE CONSIGNATARIOS-DE PRODUCTOS DEL .. . PAIS v. FERROCARRIL SUD REOURSO EXTRAORDINARIO: RequÚJitos propios. Ouestiones no [e.deroles.Interpretación de normas y actoS"comunes. Es improcedente el recurso extraordinario fundado en-}'a interpretación del arto 326 del Reglam. Gral. de Ferrocarri- les., J),ueBse.refiere a materias de derecho común, como las , relativas a. la responsabilidad de las empresas respecto de los cargadores, por pérdidas o averías en la.expedición (l). JAGOBO l?EUSER LTDA. v..ADUANA ADUANA: Recursos. No es recurrible por la vía contenciosa que establece el art.. 1063 de las Ordenanzas de Aduana la resolución admi. nistrativa que ordena perseguir el cobro de derechos adua- neros o que deniega la anulación del cargo formulado en concepto de los mismos, aunque se funde en la supuesta alteración del destino de la ,mercadería introducida con franquicia y haya mediado absolución judicial respecto de la,:malta que la Aduana aplicó por la pre.tendida defrau- da.ción.de. dichos derechos '2). SENTEN£M DEl> JUEZ FEDERAL Bs. Aires, 25 de septiembre de 1943. Vistos y considerando.: Q~e con el informe corriente a £S. 54 está probado que las autoridades administxativas autorizaron la impresión de "Guía. de los Teléfonos,. Comercial, Industrial y Profesional de Quilmes", t, El Libro Verde de los Teléfonos" y "Anuario Eraft.' ',.que han sido acompañados como prueba, en papel im- port.ado libre de derechos. Que si se ha considerado a esas publicaciones de interés (1) 14 de junio de 1946. (2) En igual sentido fué resuelta otra causa. análoga entre laa mismas partes el 21 de junio de 1946.