FALJ.)OS DE
25/09/1943
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_58
Voces / Materias
RECURSO EXTRAORDINARIO
ADUANA
RESPONSABILIDAD
Texto del Fallo
62
FALJ.)OS DE
LA
CORTE
SUPREMA
.
CENTRO DE CONSIGNATARIOS-DE
PRODUCTOS DEL
..
. PAIS v. FERROCARRIL
SUD
REOURSO
EXTRAORDINARIO:
RequÚJitos propios. Ouestiones no
[e.deroles.Interpretación
de normas y actoS"comunes.
Es improcedente el recurso extraordinario
fundado en-}'a
interpretación del arto 326 del Reglam. Gral. de Ferrocarri-
les., J),ueBse.refiere a materias de derecho común, como las
, relativas a. la responsabilidad de las empresas respecto de
los cargadores, por pérdidas o averías en la.expedición (l).
JAGOBO
l?EUSER
LTDA. v..ADUANA
ADUANA:
Recursos.
No es recurrible por la vía contenciosa que establece el
art.. 1063 de las Ordenanzas de Aduana la resolución admi.
nistrativa que ordena perseguir el cobro de derechos adua-
neros o que deniega la anulación del cargo formulado en
concepto de los mismos, aunque se funde en la supuesta
alteración del destino de la ,mercadería introducida
con
franquicia y haya mediado absolución judicial respecto de
la,:malta que la Aduana aplicó por la pre.tendida defrau-
da.ción.de. dichos derechos '2).
SENTEN£M
DEl> JUEZ
FEDERAL
Bs. Aires, 25 de septiembre de 1943.
Vistos y considerando.:
Q~e con el informe corriente a £S. 54 está probado que
las autoridades
administxativas
autorizaron
la impresión de
"Guía. de los Teléfonos,. Comercial, Industrial
y Profesional
de Quilmes",
t, El Libro Verde de los Teléfonos" y "Anuario
Eraft.' ',.que han sido acompañados como prueba, en papel im-
port.ado libre de derechos.
Que si se ha considerado a esas publicaciones de interés
(1)
14 de junio de 1946.
(2)
En igual sentido fué resuelta otra
causa. análoga entre laa
mismas partes el 21 de junio de 1946.