De Giusti Bernardo c.1 S. A. Petersen, Thiele y Cruz
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_68
Jueces
Sagarna
Ramos
Voces / Materias
RECURSO EXTRAORDINARIO
REVISIÓN
APELACIÓN
Texto del Fallo
72
FALLOS DE LA CORTESUPREMA
y cumplimiento del mismo, en tanto que el todo se orga-
nice de manera razonable y compatible con los dere-
chos y garantías
que consagran
la Cons¡t. Naciona!
-Conf.,
Fallos:
187, 79; 196, 530; causa "De
Giusti
Bernardo c.1 S. A. Petersen, Thiele y Cruz" fallada en
13 de mayo del corriente año entre otros-o
Que en cuanto al fondo del asunto escapa a la ju-
risdicción extraordinaria
de esta Corte, por tratarse
de cuestiones de hecho y de derecho común. La sen-
tencia dictada en los autos -fs.
38-
no puede ser ca-
lificada de a;bitraria
e insostenible en los términos de-
la jurisprudencia
de Fallos 198, 145; 200, 22 y otros,
ni es, por consiguiente, susceptible de revisión por vía
de recurso extraordinario
sobre la base de la invoca-
ción del arto 17 de la Consto Nacional.
En su mérito se confirma la sentencia de fs. 38
en lo que ha podido ser objeto de recurso extraordi-
nario.
.
ANTONIO
SAGARNA -
B. A,. NAZAR
ANCHORENA
-
F. RAMOS
ME-
JÍA -
T. D. CASARES.
HECTOR ARANO v. WEST INDIA OIL Co.
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos
propios.
Relación di-
recta. Sentencias
co,~ fundamentos
no federales
o federales
consen-
tidos, F1tndam.entos de or.den local y procesal.
La resolución de la Cám. de Apel. de la Justicia del Tra-
bajo por la cual se declara consentida la omisión de la sen.-
tencia final de primera instancia al no decidir respecto de
. la apelación anteriormente interpuesta pOl' el. demandado
contra el a~to que, resolviendo la excepción de competen-
cia, había desestimado la inconstit.ucionalidad del decreto
n9 32.347/44, debe ser considerada frustratoria del derecho
.
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