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DE TJA CORTE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 338 ID: fallos_338_167

Normas Citadas

ley 50

Texto del Fallo

172 FALLOS DE TJA CORTE SUPREMA paña el pertinente poder al efeGto conforme a lo pre- venido por el arto 5 Q de'la ley 50, habiéndose presentado por el Sr. Sabás O. Varangot con posterioridad a la audiencia decretada a fs. 121, testimonio en forma del poder que lo acredite como representante de la provin- cia demandada, es de aplicación al caso la doctrina sus- tentada por el Tribunal Em'Fallos 136, 96, en cuanto . establece que al resolverse el punto relativo a la perso- nería debe'n tomarse en cuenta no sólo los pod81:es' acompañados sino también los presentados posterior- mente y antes de dictarse resolución. Que la prueba pericial ofrecida a fs. 778, no fué decretada por el 'J~ribunal -fs. 79- a causa de la forma en que se la pidió. Que reiterada por la Pr'ovin- cia a fs. 85,' esta vez por intermedio de su apoderado, previa citación de la actora, y a nuevo pedido d;l apo- derado provincial -fs. 120- se señaló audiencia a los efectos del arto 142 de la ley 50, que fracasó por incom- parecencia de la demandada. Nota de fs. 120 v. Que de acuerdo conla jurisprudencia de esta Corte, la circunstancia de que la ley no establezca término para. la producción de la prueba en los interdictos, no exime a las partes de la obligación de urgirla -Fallos: 187, 433-. A lo que cabe agregar que la conformidad del actor con la pericial que ofreciera oportunamente la (iemandada en tanto la misma no se haya decretado, no basta para convertirla en común a los efectos de su insta~cia, ni puede ser Óbiceal derecho a solicitar la clausura del procedimiento, en los tér:rIDnosdel prece- dente citado. . En su mérito se decide: 10) Tener al Dr. Sabás O. Varangot por presentado, por parte en el carácter que invoca a mérito del poder acompañado que se le devol- verá dejándose testimonio en autos, devolviéndosele /