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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 338 ID: fallos_338_254

Voces / Materias

SOCIEDAD

Normas Citadas

ley 3975

Texto del Fallo

.....- ~ .... DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 259 ha inspirado al legislador -dijo entonces la Corte- el propósito de crear títulos de mera especulación, con los cuales sus dueños pueden gravitar sobre los verda- deros productores o comerciantes, .y sobre el consumi- dor, encareciendo los artículos sin aporte real alguno". La sentencia de primera instancia hace notar que los Sres. M. Bagley y Cía. Ltda., fabricantes de galle- titas, ~esperidina, dulces y otros comestibles, solicitan: ahora registro de la misma marca para productos tan ajenos a su industria y comercio como instrumentos quirúrgicos, aparatos musicales, la relojería, las armas y explosivos, las máquinas y elementos de transporte, la colchonería, la iluminación, los aparatos sanitarios, el calzado, la sastrería, el caucho, los cueros y las pie- les, la electricidad, y el tabaco. En ninguna forma se ha demostrado que los solicitantes fabriquen, o proyecten fabricar o vender en 10 sucesivo todas esas cosas y otras más que omito; y menos aun, que el P. E., al autorizar en los respectivos es~tutos como principal objeto de la sociedad, "la fábrica de galletitas, dulce, Hesperidina y otros licores y productos alimenticios e industriales", entendiera hacer extensiva esa autorización a la fábri- ca de explosivos o de.instrumentos musicales. Hay aquí, me parece, una simple cuestión de buen sentido. Por otra parte, si lo que buscan los Sres. M. S. Bagley y Cía. es impedir que otros comerciantes o in- dustriales aprovechen gratis e inescrupulosamente la propaganda que desde hace muchos años vienen aqué- llos haciendo a favor de la marca Bagley, les bastará, en cada caso, formular la correspondiente oposición derivada de derechos que emergen de los arts. 4, 42 y 43 de la ley 3975, y para cuyo ejercicio no es menes- ter previo registro de marca alguna. En este caso, la