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Recurso de hecho deducido por los demandados en los autos di- rección General de Escuelas contra Bemberg Federico O.;y Bemberg Otto E.

23/08/1946 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 338 ID: fallos_338_444

Voces / Materias

QUEJA IMPUESTO EJECUCIÓN RECURSO EXTRAORDINARIO INCONSTITUCIONALIDAD

Texto del Fallo

450, '0 ~ : FALLOS DE LA 'CORTE:sup,aBMA FALLO DE LA CORTE .SUPREMA Bs. Aires, 23 de agosto de 1946. , Y vista la precedente queja caratulada "Recurso de hecho deducido por los demandados en los autos di- rección General de Escuelas contra Bemberg Federico O.;y Bemberg Otto E." para decidir sobre su proce- dencia. , y Considerando: Que el primer recurso directo traído por 10s ejecu- tadosen la causa principal '-a raíz de la resolución que declaró inadmisible la ,excepción de inconstitucio- nalidad en el apremio- fué desestimado por esta 001'- t~, con fecha 13 de junio de 1945, por haberse inter- puesto el extraordinario denegado respectd de un pro- nunciamiento que no causaba agravio insusceptible de corrección en el orden local con la sentencia pendiente sobre las excepci.onesadmitidas. Dejóse a salvo, según la doctrina recordada entonces, la nueva consideración del punto, en el supuesto de que en definitiva no fuera amparado el derecho que invocaron los recurrentes, por la referida sentencia final de la ejecución. : Que corresponde así, ahora, decidir sobre la pro- üedencia del recurso extraordinario interpuesto contra ~l fallo que da curso al apremio por la suma de m$n. 2.034.503,27'respecto de cada uno de los Sres. Bemberg. Que a este efecto debe, desde ya, establecerse que en las ejecuciones tendientes al cobro de impuestos loca- les no basta la aJegación de la inconstitucionalidad de las normas que rigen el procedimiento, para que el re- curso extraordinario sea sin más procedente. Esta Corte ha tenido, en efecto, ocasión de declarar que esa