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al Sr. juez que sigue en orden de turno para la debida . substanciación del recurso concedido a f

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 338 ID: fallos_338_545

Voces / Materias

IMPUESTO PRESCRIPCIÓN

Normas Citadas

ley 12.591 ley 11.585 ley 12.625 ley 3764

Texto del Fallo

552 FALLOS DE LA ,CORTE SUPREMA ./ Que en tales condiciones la actuación judicial de- íerminadapor lo dispuesto en el arto 9 de la ley 12.591 ha comportado, en el caso, violación de la defensa (art. 18 de la Constitución). Por tanto se revoca en cuanto pudo ser materia del recurso la sentencia de fs. 124 debiendo pasar los autos al Sr. juez que sigue en orden de turno para la debida . substanciación del recurso concedido a fs. 138.vta. y. el pronunciamiento que en definitiva corresponda: ANTONIO SÁ.GARNA - B. A. NAZAR ANCHORENA - F. RAMOS MEJÍA - T. D. CASARES. RICARDO Y EDUARDO DALMASSO V. IMPUESTOS INTERNOS PRESCRIPCION: P'1'esc'1'ipci6nen mate'1'iapenal. Comienzo. El término de la prescripción de la acción penal estable- cido por la ley 11.585, arto 5Q, no comienza a contarse desde la fecha en que la infracción fué descubierta por los empleados fiscales sino desde aquella en la cual quedó consumada o sea, en el caso de omisión del pago del im- puesto a: los aceites establecido por el arto 12, inc. 2Q, de la ley 12.625, el día en que venció el plazo señalado para satisfacer el gravamen, pues no se ha probado que se tra- tara de una infracción continuada. - SENTENCIA DEL JUEZ FEDERAL San Rafael, setiembre 3 de 1945. y vistos: considerando: Que esta causa contencioso administrativa versa sobre una supuesta infracción al arto 36 de la ley 3764, que se imputa a los C()merciantes de esta 'ciudad Sres. Ricardo y Eduardo .. f ! i ,1