Sr. Procurador
16/09/1946
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 338
ID: fallos_338_605
Voces / Materias
RECURSO EXTRAORDINARIO
COMPETENCIA
INCONSTITUCIONALIDAD
Normas Citadas
decreto 32.347
Texto del Fallo
612
FALLOS DE LA CORTE SUPREMA
Sr. Procurador
General se declara improcedente el re-
curso extraordinario
concedido a fs. 56.
B. A. :N"AZAR ANCHORENA
-
F.
RAMOS
.MEJÍA.
FRANCISCO
AGRO v. S. A. LANTEX
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Req~bisitos propios. Sentencia
de-
finitiva.
Resoluciones anteriores a la sentencia definitiva.
Cuestiones
de competencia.
No habiéndose interpuesto recurso alguno contra la deci-
sión que resolvió la excepción de incompetencia fundado
, en la inconstitucionalidad del decreto 32.347, no procede
el extraordinario contra la sentencia final del juicio (1).
ANGELPONZONE
v. S. A. DE
HILADOS
Y TEJIDOS
DE LANA
CAMPOMAR
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos propios. Cuestiones no
federales.
Interpretaci6n
de. normas locales de procedimientos.
'
El auto que deniega el recurso extraordinario por razones
procesales no puede ser revisado por la Corte Suprema si
no resulta de la causa que sea insostenible y frustratorio
del derecho federal invocado. Y
D,O tiene este carácter,
ante lo dispuesto por los arts. 66 y 9,6 del decreto 32.347,
el que declara firme la resolución que rechaza la excep-
ción de incompetencia, no apelada expresamente en la
sentencia final del juicio,' para ante la cámara del tra.
bajo (2).
(1)
16 de setiembre de 1946. Fallos: 203, 72 Y 242; 204, 582.
(2)
16 de septiembre de 1946. Fallos:
205, 72.