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Procedimiento.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 338 ID: fallos_338_684

Voces / Materias

SEGURO IMPUESTO

Normas Citadas

ley 3764 decreto 59.830

Texto del Fallo

692 Procedimiento. IMPUESTOS INTERNOS Vía contenciosa. 3. Los intereses punitorios que corren automáticamente por el solo hecho del atraso en el pago, no son multas ni revi",ten 'Carácter condenatorio sino .resarcitorio; por lo que no procede la vía contenciosa prevista en el arto 27 de la ley 3764 (17 del texto ordenado) contra la resolución que impone el pago de aquéllos: p.330. Alcoholes. 4. El privilegio establecido por el arto 19 de la ley nQ 3764 -9 del texto ordenado-:- no subsiste respecto del tercero de buena fe que adquirió el inmueble libre de gravamen cuando no existía en el mismo la fábrica cuya actividad originó el cré- dito fiscal: p. 51. Bebidas alcohólicas.' 5. Es justa la multa de $ 7.000 m/n. aplicada a un fabri- cante clandestino de alcohol, sin antecedentes y de bumilde con- dición y situación económica, que realizaba la destilación con medios primitivos, aunque el monto de la defraudación no haya podido precisarse y los productos secuestrados fueran nocivos: p.474. Nafta y aceites lubricantes. 6. El impuesto con que el arto 12, inc. 3Q, de la ley nQ 11.658, reformado por el arto 1Q de la ley nQ 12.625, grava al combus- tible destinado a motores de vehículos que usen la vía pública .no comprende a los automotores que no son vehículos -es decir que no sirven, como estos últimos, para tránsport.ar personas o cosas- aunque sean autos para circula.r por la vía.pública. p. 46. . 7. El dueño del aceite gravado, que planeó las maniobras ten- dientes a defraudar los impuestos internos, es pasible de la multa correspondiente, aun cuando aquéllas bayan consistido en la omisión de la declaración de existencias, que el multado' sostuvo no le incumbía de acuerdo con el arto 24 del decreto 59.830: p. 425. . Seguros. 8. La circunstancia de quede buena fe y por un error excu- sable la compañía que contrató un seguro cubriendo dinero en I 1- 1 I