JURISDICCION
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMPETENCIA
Tomo 338
ID: fallos_338_692
Voces / Materias
DELITO
CONTRIBUCIÓN
COMPETENCIA
SUCESIÓN
INCONSTITUCIONALIDAD
JURISDICCIÓN
Normas Citadas
ley 4125
Texto del Fallo
700
JURISDICCION
y COMPETENCIA
catoria, sino después que éste haya intentado obtener el reco-
nocimiento de su derecho por-la vía administrativa que establece
el arto 11 de la ley 4125: p. 87.
Causas que versan
sobre cuestiones
federales.
14.
Corresponde a la Corte Suprema conocer originariamente
en las causas que versan sobre cuestiones de naturaleza federal
-como
la acción de repetición fundada exclusivamente en la
inconstitucionalidad de la contribución de afirmados por ser
confiscatoria-
en que sea parte una provincia, con prescin-
dencia de la vecindad de la contraria y siempre que no com-
prendan cuestiones de Índole local reservadas a los tribunales
provinciales: p. 87.
Competencia
militar.
15.
No corresponde a la justicia militar, ante la cu31 se ini-
ció un proceso por insubordinación, sino a la ordinaria el co-
nocimiento de la causa referente a un hecho que puede cons-
tituir los delitos de lesiones y disparo de armas previstos en
el Cód. Penal, 'ocurrido entre dos militares fuera del servicio,
por cuestiones ajenas al mismo y en un lugar no sometido a la
jurisdicción militar: p. 67.
16.
No corresponde a la justicia'letrada
de los territorios na-
,cionalessino a la militar el conocimiento de la causa referente
a un accidente de navegación ocurrido en un puerto no mili-
tar a una lancha a motor de un transporte de la Armacla par-
cialmente afectado al tráfico marítimo de pasajeros y carga,
gobernado y tripu~ado por personal militar dependiente del
ministerio de Marina, en circunstancias en que dirigida por
el marinero de mar que desde tiempo atrás actuaba como pa-
trón de ella y trip'ulada por personal militar 'del mencionado
transport.e, dábase cumplimiento a una orden del servicio im-
partida por el segundo comandante del buque: p. 179.
Sucesión.
Domicilio del causante.
17.
Las circunstancias de que desde pocos meses antes de su
fallecimiento el causante
desempeñara el cargo temporario
de comisionado municipal
en una localidad provincial
por
designación del Interventor Federal, de que poco después indi-'
cara ese lugar como su domicilio para obtener la cédula de
identidad de la policía local y de que existiera en él un esta-