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Ni los actos de procedimiento administrativo,

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 338 ID: fallos_338_700

Voces / Materias

COSA JUZGADA IMPUESTO PRESCRIPCIÓN

Normas Citadas

ley 11.585 ley 12.372

Texto del Fallo

708 PROVINCIAS 12. Ni los actos de procedimiento administrativo, aunque se trate de la resolución cOJ¡ldenatoria,ni los de procedimiento judicial iniciados por el ~upuesto infractor en defensa de su derecho, son interruptivos de la prescripción de la acción (}onformeal arto 39 de la ley 11.585: p. 594. Tiempo. Leyes impositivas. 13. Los t.érminos establecidos por el arto 19 de la ley 11.585 no se refieren a la prescripción de multas aplicadas en las pro- vincias por infracciones a las leyes impositivas locales, puesto que dicha ley fue dictada tan sólo con respecto a los impuestos nacionales: p. 351. 14. La posesión de varios miles de litros de vino no anotados en los libros de bodega, contenidos en una pileta subterránea no indicada. en el plano oficial y oculta bajo el piso; la intro- ducción de reformas en el establecimiento sin previa autori- zación administrativa; la tenencia de los libros oficiales fuera de la bodega; la retención de valores fiscales sobrantes y la posesión de otros que no pertenecían al bodeguero, constituyen por su naturaleza infracciones de carácter netamente fiscal, no industrial como el de las previstas por la ley 12.372; por lo que la prescripción de la acción para reprimirlas no está regida. por el Cód. Penal sino por la ley 11.585, cuyo plazo no ha transcurrido desde la fecha en que fueron comprobadas dichas infracciones:. p. 556. PRESUNCIONES. Ver: Impuesto a los réditos, 5; Sobreseimiento. PRIVILEGIOS. Ver: Impuestos Internos, 4; Ley; Recurso extraordipario, 31, 42, 45. PROTESTA. Ver: Cosa juzgada; ,Pago, 1, 2. PROTOCOLIZACION. Ver: Constitución Nacional, 25. PROVINCIAS (1). 1. En ej.ercicio de las facultades y la obligación de adminis- trar justicia que les incumbe las provincias pueden, sin que (l) . Ver también: Constitución Nacional, 18; Ferrocarriles, 2.