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DE JUSTICIA

28/02/1975 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_97

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 101 La primera norma citada se con1plementó con la directiva del Comandante General del Ejército N? 333, de enero del mismo año, que fijó la estrategia a seguir contra los asentamientqs terroristas en Tucumán, dividiendo la operación en dos partes, caracterizán- dose la primera por el aislamiento de esos grupos a través de la ocupación de puntos crít,icos y control progresivo de la población y de las rutas, y la segunda por el hostigamiento progresivo a fin de ~ebilitar al oponente y, eventualmente, atacarlo para aniquilarlo y restablecer el pleno control de la zona. En su anexo N? 1 (normas de procedimiento legal) esta directiva cuenta con reglas básicas de procedimiento sobre detención de personas, que indican su deriva~ ción preferente a la autoridad policial ,en el plazo más breve;" sobre procesamiento de detenidos, que disponen su sometimiento a la jus- ticia federal, o su puesta a disposición del Poder Ejecutivo Nacio- nal; sobre allanamientos, autorizándolos en casos graves,- con pres- cindencia de toda autoriiación, judicial escrita, habida cuenta del estado de sitio, La directiva 333 fue complementada con la orden de personal número 591/75, del 28 de febrero de 1975, a través de la cual se dis- ponía reforzar la Quinta Brigada de Infantería con asiento en Tu- cumán, con personal superior y subalterno del Tercer Cuerpo del Ejército; con la orden de personal 593/75, del 21 de marzo del mis- nlO año, a través de la cual se disponía el relevo periódico del per- sonal que actuaba en dicha Brigada; y las instrucciones n? 334, del ,18 de setiembre siguiente, mediante las 'cuales- se ordenaba intensi- ficar las operaciones en toda la Provincia de Tucumán, con especial referencia a las zonas del sudoeste, sur y sudeste de la ciudad ca- pital. Por su parte, lo dispuesto en los decretos 2770 2771 Y 2772, fue reglamentado a través de la directiva 1/75 del Consejo de De- fensa, del 15 de octubre del mismo año,. que instrumentó el empleo de las fuerzas armadas, de seguridad y policiales, y demás organis- mos puestos a su disposición para la lucha antisubversiva, con la ic~earectora de utilizar simultáneamente todos los medios disponi- bles, coordinando los niveles nacional (a cargo del Consejo de Se- guridad Interna), conjunto (a cargo del Consejo de Defensa con