El campito
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_163
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
167
7) Campo de Mayo. Situados dentro
de la guarmclOn de Campo
de Mayo se han constatado
tres centros
clandestinos
de detención:
El primero
ubicado en la plaza de tiro, próximo
al campo de para-
caidismo,
conocido -como "El campito"
o "Los tordos";
el segundo,
perteneciente
a Inteligencia, ubicado en la ruta
8, frente a la Escuela
de Suboficiales
"Sargento
Cabral";
y el tercero:
la prisión
militar
de Campo de Mayo.
Sobre
la exÍstencia
de estas
dependencias
como
centros
clan-
destinos
de detención,
declararon
en la audiencia
Isidoro
de Ca-
rabasa,
Enrique
Lucio
GarCÍa Mansilla, Aurelio Cid, Alejandro
Au-
gusto
Pineda,
Jaime
Benedit,
Jaime
Fernández
Madero, Rugo
Nés~
tal'
Caraballo,
Juan
Claudia
Chavanne,
Iris
Etelvina
Pereyra
de
Avellaneda, Héctor
AníbaC Ratto,
Pedro Luis Eugenio
Greaves, jor~
ge David Salvador Buleraich. Aida de las Mercedes Jara de Barreira
García, Marcelo Augusto Chavanne, Sara Duggan, Raúl Aguirre Sara~
via, Jorge Tejerina,
Alberto Félix Cordeu, Luis Alberto Grassi, Sera~
fín Barreira
García
y Beatriz
Castiglione
de Covarrubias,
quienes
afirman
que permanecieron
detenidos
ilegal,nente
en
ese lugar.
En el anexo N° 11 remitido
por
la CONADEP, obran
recono-
cimientos
del
lugar
conocido
como "El
campito"
o "Los tordos",
que
coinciden
plenamente
con
las
descripciones
de
los
testigos,
aunque
el campo
se encuentre
totalmente
desmantelado,
tal
como
se observa
en las vistas fotográficas
en él anexadas.
Por otra
parte,
obra
a fs. 814/5, del expediente
N? 34.577 del
Juzgado
de Instrucción
N? 3, Secretaría
N'? 108, la declaración
de
Walter
Aníbal
Capelli,
quien
manifestó
que
al
encontrarse
CUIU-
pliendo
con el servicio militar
en la sección rancho
de tropas
del
Comando
de Institutos
Militares,
preparaba
comida
para
un
des-
tacamento
denominado
"Los tordos",
que
según
le dijera
en una
oportunidad
un sargento
del citado Comando, era un campo donde
estaban
recluidos
"Los extremas".
Finalmente,
es dable destacar
lo expresado
por
el General
de
División Albano Eduardo
Harguindeguy,
en la causa
N? 26.144, ca-
rátula
"Boncio,
Carlos
Ignacio
y
otros
s/privación
ilegal
de
la