DE' JUSTICIA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_253
Jueces
Martínez
González
Voces / Materias
DELITO
Texto del Fallo
DE' JUSTICIA
DE LA NACIÓN
257
el gobierno D1ilitar asume en marzo del 76; transcurren
dos largos
años; yo ya para
ese, entonces
considero
que tenía solicitudes
de
más de 1.500 casos y no se podía ubicar a ninguna persona. Pienso
que la consecuencia
era: bastante
lógica para
ese entonces".
CAPíTULO XVII
(Cuestiones
de hecho
Nros.
89, 114, 115, 116, 117
y complementarias
aportadas
por las defensas).
De
los testimonios
recibidos
en la audiencia
se colige que a
los secuestrados
se les atribuía
militancia
directa
en ,las organiza-
ciones terroristas,
según surge de los relatos
que hicieron, acerca
de los interrogatorios
a que fueron
sometidos.
Es tan grande la proporción
de ellos sobre la totalidad
de los
testigos que fueron
víctimas, que resulta
innecesario
el listado
de
sus nombres.
Sin embargo,
la audiencia
oral y el resto
de la prueba
arri-
mada, ha demostrado
que hubo otros
en los que la privación
de
libertad
obedeció a móviles distintos
o sólo mediatamente
vincula-
dos con aqúéL
Algunos secuestros
se realizaro,n
sobre
personas
que
habían
efectuado
gestiones
por
sus
familiares
desaparecidos
o
colaba.
rada con ellas, en condiciones que llevari a vincular esta tarea con
el delito del que fueron
víctimas.
A título de ejemplo puede men.
cionarse:
a) Los casos de María Luisa Martínez de González y Generosa
Fratassi,
que habían conocido el nacimiento
de una niña, mientras
su madre
-Silvia
IsabelIa Valenzi-
se encontraba
en cautiverio,
por haber. sido llevada a la Clínica en donde an1bas prestaban
ser.
vicios como enfermera
y obstétrica.
Poco tiempo después de haber
intentado
averiguar la suerte de ambas
y comunicarse
con la fami-
lia -a
pesar
de que las autoridades
habían señalado la convenien.
da de silenciar el episodio-,
fueron secuestradas
sin que se tuvie.
ran más noticias
de ellas.