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DE LA CORro

24/03/1976 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_296

Normas Citadas

decreto 280/84

Texto del Fallo

300 F,\LLOS DE LA CORro ST:PREMA del Comandante Mayor de Gendarmcría Carlos Agustín Fcccd, quien estuviera a cargo de la Regional 2, Rosario, de la Policía de la Pro~ vinda dc Santa Fc, desde marzo de ]976 hasla marzo dc ]977: "... 1a orden inicial de comenzar operaciones contra la subversión, por allá por marzo del setenta y seis, fue una orden verbal impar- tida por el Comandante del Cuerpo, en una reunión, Ilamémoslc de Estado Mayor, intcgrada por elemcntos dcl Cuerpo, propio del cuerpo, Policía, Policía la mía, Policía Federal, Destacamento de Inteligencia del Cuerpo, Prefectura Marítima, en fin, todos los or. ganislllos de seguridad de la Ciudad de Rosario y del área, y fueron verbales, se impartió la orden de combatirlos". - \ Coil1cidentemente, los comisarios Juan Demctrio Luna y Ra- món Bruña, y los policías Santos Antonio Miño, Ramón Fernando Sorja, Julio Di Benardo, Julio Arturo Peralta, Eduardo Daniel Alvarez, Osvaldo Bertcrreigts, Ricardo Bautista. Pancera, Ramón Tranfis Moreyra, José Andrés Ponce, Mariano Enrique Cabrera y Diego Alberto Porchcda, de la Comisaría .1~de Tigre, y el Comisario Mayor Víctor Pedro Romualdo. Dengra, titular entonces de la Uni- dad Regional correspondiente, fueron contestes en afirmar que a partir del 24 de marzo de 1976, personal militar dependiente del Comando de Institutos Militares, se hizo cargo de un sector de la comisaría y de la Unidad Regional, a fin de realizar los procedi- mientos que más adelantc se describirán (en el expediente 26.144 del Juzgado en lo Penal N? ] del Depat:tamento Judicial dc San' Isidro) . Las órdenes transmitidas por los Comandos eran verbales, se. gún s~rge de las declaraciones del ya. citado Comandante Faced; del General Ramón Camps -en su indagatoria ante el Consejo Su- premo en la causa instruida por el decreto 280/84-; del Vicealmi- rante Rubén Chamarra --en su indagatoria ante el mismo Tribunal en la causa" instruida por los hechos cometidos en ,la Escuela de Mecánica de la Armada-; y del Contralmirante José Suppicich y del Capitán de Navío Horaeio Pedro Estrada, en la causa 05/85/"S", del Juzgado de Instrucción Naval a cargo del Capitán dc' Navío (R) Roque Pedro Funes. El primero, al ser .preguntado sobre cómo recibía sus instrucciones del Comando de Cuerpo, respondió: "