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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_377

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 381 Además, en el mencionado lugar de detención, el ex Capellán de la Policía, Christian Van Wernich, manifestó que se hallaba de- teJ;1idala doctora Mainer. A ello, debe agregarse l~ constancia del acta de nacimiento de la hija de Liliana Amalia Galarza, donde figura que fue atendida por la doctora Mainer, y que se halla reservada en poder del Tribunal. Dur~nte su cautiverio se le impusieron condiciones inhumanas de vida y alojamiento. Respecto de las condiciones de vida en la Planta, Trans.misora de L.S.U Radio Provincia ("La Caeha"), el Tribunal se remite a las consideraciones vertidas al respecto en el caso N9 3. No está probado que María Magdalena Mainer recuperó su libertad. En efecto, conforme con los dichos de los testigos que depu- sieron en la audiencia, nunca fue vuelta a ver en libertad ni se tu- vieron más noticias de ella. En cuanto al conocimiento que pudieron haber tenido los Bri- gadieres Generales Ornar Rubens Graffigna y Basilio Arturo Lami Daza, el Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri y el Almi- rante Jorge Isaac Anaya acerca de la privación de la libertad de que fuera víctima María Magdalena Mainer y sobre cuya base debían ha- . ber, formulado la pertinente denuncia, conviene hacer una distinción. En cuanto a los Cotnandantes de la Fuerza Aérea Argentina y de la Armada Argentina, mal puede adjudicárseles conocimiento de estos hechos, si se tiene presente que se trató de un procedimiento ajeno a ellos. Respecto del Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo de su comandancia del arma con posterioridad a la detención, que per- mitan 'acreditar con fehaciencia tal extremo. Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Ma- ría Magdalena Mainer fue desarrollado de acuerdo al proceder des- cripto en la cuestión de hecho N? 146. \