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CORTE SUPRE.i\lA

20/08/1976 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_448

Texto del Fallo

452 FALLOS nE L\ CORTE SUPRE.i\lA Para lal conclusión ha de remitirse a los fundamentos ya verti- dos al tratar el caso N9 42 de Inés Nocetti. Por último, surge de autos, que el hecho que damnificara a N.N. femenino fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N~ 146. CASO N? 71: CADAVER N.N. MASCULINO (Fátima N~ 30) Está probado que el cadáver de una persona del sexo masculino, junto con otros 29, fue hallado el día 20 de agosto de 1976, en un paraje denominado "Fátima", cercano a la localidad de Pilar, Pro- vincia de Buenos Aires, atado de manos, vendados los ojos, con upa herida de bala producida por un arma <le fuego calibre 9mm, con .-orificio de entrada en el temporal derecho y, de salida en el tem- poral i~quierdo, con plano de incidencia recto, trayectoria recta, ho- rizontal, perpendicular. Ello surge del acta testimoniada a fs. 25/27, del acta de defun- ción de fs. 244 y de la peri tación de fs. 237/241, que la <jcscribe Como una persona de cabello negro, ojos castaño oscuro y nariz recta, y que concluye además que el disparo fue efectuado a más de un metro de distancia ocasionando el deceso, junto con la pos- terior explosión, no proporcionando más datos por haberse encon- trado solamente la cabeza (ver causa 19.581, ya citada). También está probado que la muerte de lél; víctima, fue el re- sultado del accionar de un grupo de más de tres personas que de- pendían operacionalmente del Primer. Cuerpo de Ejército y que actuaron sin correr riesgos frente a la total indefensión de aquélla. Por tal conclusión ha de remitirse a los fundamentos ya ver- tidos al tratar el caso N? 42 de Inés Nocetti. Por último, surge de autos, que el hecho que damnificara a N.N. masculino fue desarrollado de acuerdo al proceder descripto en la cuestión de hecho N? 146.'