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DE JUSTICIA

18/02/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_455

Voces / Materias

RESPONSABILIDAD

Normas Citadas

resolución 23

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 459 Renato Forti Sosa fue desarrollado de acuerdo al proceder des- cripto en la cuestión de hecho N? 146. CASO N? 77: SOSA DE FORTI, NELIDA AZUCENA _ Está probado que Nélida Azucena Sosa de Forti fue privada de su libertad por personas armadas, que dependían operacionalmente del Ejército Argentino el día 18 de febrero de 1977 a las 9 horas, en circunstancias en que se encontraba embarcada en el vuelo 284 de Aerolíneas Argentinas con destino a Caracas, Venezuela, en el Aeropuerto Internacional de Ezeiza. "Ello se encuentra acreditado según las consideraciones efectua- das al tratar el- caso 72. Durante su detención se hiCieron gestiones ante autoridades, en procura de la averiguación de su paradero y de su libertad." Según los dichos de su hijo Alfredo Waldo Forti Sosa y del sacerdote Alfonso Naldi, una vez llegados a Venezuela, el 22 de marzo de 1977 hicieron gestiones ante el entonces Embajador ar-" gentino Hidalgo Solá. También ante la Comisión Interamericana de Derechos J:Iumanos de la Organización de Estados Americanos, orga.:nismoque en noviembre de 1978"por resolución 23/78 respon- sabilizó al gobierno argentino por la detención de Nélida Azucena Sosa de Forti y sus hijos (v. fs. 43 de la causa N? 1962 del Juzgado Federal de Lomas de Zamora, caratulada "Forti, Alfredo Waldo por querella") . Ello motivó la respuesta del gobierno por nota enriada a la comisión de fecha 17 de octubre de 1979 que, tras recbnocer las circunstancias de la detención negó toda responsabilidad del go~ bierno argentino, atribuyéndosela a una banda de delincuentes sub- versivos (v. fs. 44/52 de la causa mencionada). Se hicieron gestiones asimismo ante la Comisión de Derechos Humanos de las Naciones Unid"as,y ante las Asociaciones de Pro-