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DE JUSTICIA

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_477

Jueces

Costa

Voces / Materias

BANCO ROBO DELITO

Texto del Fallo

DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 481 po armado de personas que dependían del Ejército Argentino, cir- cunstancia ésta que se acredita por los centros. de detención a que fue conducido en un primer momento, subordinados operacional- mente al Ejército Argentino ("Atlético", ",Banco" y "Olimpo'~). Las propias manifestaciones aportadas ante este Tribunal en cuanto a las circunstancias de tiempo, modo y lugar. encuentran suficiente corroboración en los testimonios que sobre su destino posterior en los centros clandestinos de detención denominados "El Atlético", ¡'El Banco" y "El Olimpo" se han recogido en autos. En efecto, así se expresa Graciela Trotta, Enrique Ghezan, Isa- bel Fernández Blanco de Ghezan, Nora Berna!, Inés Cerrutti y Juan Carlos Guarino. Todos ellos, coincidentes también en asignarle a Villani su per- tenencia al denominado "Consejo", 'es decir, al grupo de detenidos que realizában diversas tareas d.entro de tales sitios. También han declarado respecto de él, Víctor Basterra, Osvaldo Acosta, Norma Cozzi y otros, por haberlos visto en la Escuela de Mecánica de la -Armada, indicando la realización de diversas tareas en ese sitio. Mario VilIani obtiene su libertad, según sus propios dichos, en el mes de agosto de 1981. De las constancias incorporadas surge que por el delito de pri- vación ilegítima de la libertad que damnificara a Mario César VilIani recayó auto de sobreseimiento definitivo. En efecto, por resolución obrante a fs. 32 de la causa N9 15.548 del Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Criminal y Correc- cional N9 15, caratulado "VilIani, Mario César s/p~ivación ilegítima de libertad", se sobreseyó definitivamente con relación al delito que se investigaba en dichas actuaciones. Obra agregado a este proceso, el expediente N9 119/78, caratu-