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DE LA CORTE SUPREMA

16/12/1978 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 341 ID: fallos_341_582

Texto del Fallo

586 FAllOS DE LA CORTE SUPREMA mente en las primeras horas del 16 de diciembre de 1978, siendo alojado en dependencias del Servicio de Informaciones Policiales de la ciudad de Rosario. No obstante algunas contradicciones que surgen de las pro- banzas reunidas y que computan algunos argumentos defensistas, lo cierto es que la valoración de las restantes piezas obrantes en autos, tampoco permite dar por probado que se le dio muerte en el sitio donde permanecía cautivo aprovechando la situación de indefensión en que, por ese motivo, se encontraba. Jorge Alberto Flores, detenido en la dependencia arriba citada, .relata que en la madrugada del 16 de diciembre de 1978, por indio cación del personal de custodia, suministró a Galdame agua caliente para tomar mate, llevándole al día siguiente el desayuno y al meqio. día el almuerzo. Añade que por la tarde de ese día oyeron arriba del recinto en el que se hallaba los golpes y ruidos propios de las sesiones de tortura, luego un disparo e innlediatamente después, otra serie de disparos, viendo ulteriormente cuando uno de los que formaba par- te del personal policial bajó con la camisa manchada con sangre a lavarse. Aclara luego, que primero escuchó un disparo dentro de la pro- pia dependencia, y después otros que daban la sensaci6n que pro- venían de afuera, presumiendo el testigo que la guardia externa pudo haber efectuado algunos de ellos. Concluye afirmando que se enteró de la muerte de Galdame por las noticias periodísticas. Angel Florindo Ruori, expresa que en horas de la tarde del día 16 de diciembre oyó un disparo de arma de fuego proveniente del piso superior a aquél en el que se encontraba, corridas, y posterior~ mente otros disparos. Este testigo señala que le constaba la pre~ sencia de Galdame en el piso superior por los dichos de Flores. El cuadro probatorio descripto, si bien no lleva a excluir como verosímil que el deceso se haya producido en las circunstancias que