la cuadra
24/02/1978
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 341
ID: fallos_341_605
Voces / Materias
PROPIEDAD
ROBO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
609
El resto
del tiempo, permaneció en "la cuadra" que compar-
tía con quince personas, siempre vendado y ll1aniatado, con prohipi~
ción de todo tipo de comunicación.
El 24 de febrero
de 1978 recuperó
su libertad.
Ello surge de sus propios dichos corroborados por los de su
madre, en audiencia, oportunidad en ,que r,efiere
ql.le fue llevado
por
un camión
del Ejército
y dejado
frente
al Comando
del 3er.
Cuerpo de dicha arma.
Por su parte, no está .probado
que en ocaSlOn de su cautiverio
le hayan sido sustraídos
objetos
de su propiedad.
Resultan insuficientes
sus. dichos en este sentido.
Por último, surge de autos, que el hecho que damnificó a Silvio
Octavio Viotti (h) fue desarrollado
de acuerdo
al proceder
descripto
en la cuestión de hecbo N? 146.
CASO N? 141: VIJANDE, RAUL FRANCISCO
Está probado que Raúl. Francisco Vijande fue privado de su
libertad
el 5 de diciembre
de 1977, a las 22 horas aproximadamente,
en la finca de la familia Viotti sita en Villa Gran Parque Guiñazú,
provincia de Córdoba, por un grupo de personas armadas que de.
:pendían operacionalmente
del Ejército Argenti-iJo.
Ello surge
de los dichos de Silvia Octavio, Viotti
(hijo)
quien
llegó cop él a la finca de su padre, conforme lo relató ante el Tri-
bunal;
de 'los dichos de Silvia Octavio Viotti (padre)
en igual opor-
tunida~, que concuerdan con los de su madre y los de la Sra. de
Viotti, estas últimas manifiestan conocer la versión por lo referido
por los dos primeros.
Su madre en forma concordante
relata que su hermana que
se comunicaba con él en forma telefónica al lugar de trabajo, supo
a fin
d<=:: esa semana que desde el lunes no concurría al mismo.