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CORTE SUPREMA

10/08/1978 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_648

Voces / Materias

BANCO MATRIMONIO ROBO

Texto del Fallo

652.' FALLOS DE l.t\ CORTE SUPREMA del Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo' de su comandancia del arma con posterioridad a la detención, que permitan acreditar con fehaciencia tal extremo. Por último, surge de autos, que los hechos que damnificaron a Roberto Cristina fueron desarrollados de acuerdo al proceder des- cripto en la cuestión de hecho N~ 146. CASQ N~ 157: PEREZ DE MICFLIK, MARIA ANGELlCA Está probado que María Angélica Pérez de Micflik fue privada de su libertad el día 10 de agosto de 1978, aproximadamente a las 17,30, cuando se retiraba de su trabajo en el Banco Provincia de Buenos Aires, sucursal 3 de Febrero, por un grupo armado que de- pendía del Ejército Argentino. La propia víctima refiere que en ]a fecha indicada al retirarse del Banco, junto a un grupo de compañeros, fue interceptada e ¡otro. ducida por la fuerza en un automóvil y conducida a su domicilio. Agrega que minutos después se hizo presente en su casa, ubicada en la calle Weneeslao del Tala 496 de Caseros, algunos compañeros de labor, los que fueron obligados por tres personas que ocupaban su hogar a permanecer contra la pared, mientras ellos revisaron sus pertenencias. Al rato llegó su esposo Saúl Micflik, y ambos fueron conducidos detenidos, quedando sus compañeros de trabajo en su domicilio. ~o expuesto se encuentra corroborado por los dichos de Víctor Roberlo Pontino y David Serra, quienes eran las personas que al concurrir al hogar de la víctima fueron obligados a pen;naneccr contra la pared, y que afirman que ulla vez que el grupo aprehen. sor se retiró, llevándose consigo al matrimonio Micflik, procedie- ron a cerrar el departamento y avisar a los familiares de las víc- timas.