CORTE SUPREMA
10/08/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 341
ID: fallos_341_648
Voces / Materias
BANCO
MATRIMONIO
ROBO
Texto del Fallo
652.'
FALLOS
DE l.t\
CORTE SUPREMA
del Teniente
General Leopoldo
Fortunato
Galtieri
no existe elemento
alguno,
como
no sea el dato puramente
objetivo'
de su comandancia
del arma
con posterioridad
a la detención,
que permitan
acreditar
con
fehaciencia
tal
extremo.
Por último,
surge
de autos,
que los hechos
que
damnificaron
a
Roberto
Cristina
fueron
desarrollados
de acuerdo
al proceder
des-
cripto
en la cuestión
de hecho
N~ 146.
CASQ N~ 157: PEREZ
DE MICFLIK,
MARIA ANGELlCA
Está
probado
que María
Angélica Pérez
de Micflik
fue privada
de su libertad
el día 10 de agosto
de 1978, aproximadamente
a las
17,30,
cuando
se
retiraba
de su
trabajo
en
el Banco
Provincia
de
Buenos
Aires, sucursal
3 de Febrero,
por un grupo
armado
que de-
pendía
del Ejército
Argentino.
La propia
víctima
refiere
que
en ]a fecha
indicada
al
retirarse
del Banco,
junto
a un grupo
de compañeros,
fue interceptada
e ¡otro.
ducida
por
la fuerza
en
un automóvil
y conducida
a su domicilio.
Agrega que
minutos
después
se hizo presente
en su casa, ubicada
en
la calle Weneeslao
del Tala 496 de Caseros,
algunos
compañeros
de
labor,
los que fueron
obligados
por
tres
personas
que ocupaban
su
hogar
a permanecer
contra
la pared,
mientras
ellos
revisaron
sus
pertenencias.
Al rato
llegó su esposo
Saúl Micflik,
y ambos
fueron
conducidos
detenidos,
quedando
sus compañeros
de trabajo
en su
domicilio.
~o expuesto
se encuentra
corroborado
por los dichos de Víctor
Roberlo
Pontino
y David Serra, quienes
eran las personas
que al
concurrir
al hogar
de
la
víctima
fueron
obligados
a pen;naneccr
contra la pared, y que afirman que ulla vez que el grupo aprehen.
sor
se retiró,
llevándose
consigo
al matrimonio
Micflik,
procedie-
ron
a cerrar
el departamento
y avisar a los familiares
de las víc-
timas.