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DE JUSTICI.<\

30/03/1979 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_663

Voces / Materias

HÁBEAS CORPUS ROBO

Texto del Fallo

DE JUSTICI.<\ DE LA NACIÓN 667 pudieron comunicarse con sus familiares, enviándole notas a través de un soldado. Niro aportó una de esa~ notas en la audiencia. Se halla acreditado también que en ocasión de su cautiverio fue sometido a algún mecanismo de tortura. En este sentido, Leonardo Dimas Núñez declaró que ~einstein fue torturado junto con él. Ello es corroborado por Claudia Niro, quien manifestó que lo vio muy t.orturado. Durante todo ese tiempo o parte- de él se le impusieron con- diciones inhumanas de vida y alojamiento._ Respecto de las condiciones de vida en "El' Vesubio", el Tribu. nal se remite a las consideraciones efectuadas en el caso N? 160. Respecto del caso específico de Weinstein, Alejandra Naftal declaró que pudo verlo en el momento en que procedían a vendarlo y atarle las manos. No está probado que Mauricio FabiálJ. Weins~ein recuperó su libertad. En efecto, nunca más volvió a ser visto ni se tuvieron noticias de él. Por otra parte está probado que con motivo de una presenta- ción jupicial la autoridad. requerida contestó negativamente. En efecto, en el recurso de hábeas corpus interpuesto ante el Juzgado en lo Criminal de Sentencia Letra "E" (causa 6015), infor- maron no tener conocimiento acerca de la detención de Mauricio Fabián. W~instein, la Policía Federal Argentina (30 de marzo de 1979) y el Comando en Jefe del Ejército (fs. 52, lO de abril de 1979). Estas falsedades son imputables al Teniente General Roberto Eduardo Viola.