DE JUSTICI.<\
30/03/1979
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_663
Voces / Materias
HÁBEAS CORPUS
ROBO
Texto del Fallo
DE JUSTICI.<\
DE LA NACIÓN
667
pudieron
comunicarse
con sus familiares,
enviándole notas a través
de un soldado. Niro aportó una de esa~ notas en la audiencia.
Se halla
acreditado
también
que en ocasión
de su cautiverio
fue sometido a algún mecanismo
de tortura.
En este sentido, Leonardo Dimas Núñez declaró que ~einstein
fue torturado
junto
con él. Ello es corroborado
por Claudia Niro,
quien manifestó
que lo vio muy t.orturado.
Durante
todo ese tiempo
o parte- de él se le impusieron
con-
diciones inhumanas
de vida y alojamiento._
Respecto de las condiciones de vida en "El' Vesubio", el Tribu.
nal se remite
a las consideraciones
efectuadas en el caso N? 160.
Respecto
del
caso
específico
de Weinstein,
Alejandra
Naftal
declaró que pudo verlo en el momento en que procedían
a vendarlo
y atarle las manos.
No está probado
que Mauricio
FabiálJ. Weins~ein recuperó
su
libertad.
En efecto, nunca
más volvió a ser visto ni se tuvieron noticias
de él.
Por otra
parte
está probado
que con motivo de una presenta-
ción jupicial
la autoridad. requerida
contestó
negativamente.
En efecto, en el recurso
de hábeas corpus
interpuesto
ante el
Juzgado en lo Criminal de Sentencia Letra "E"
(causa 6015), infor-
maron
no tener
conocimiento
acerca
de la detención
de Mauricio
Fabián. W~instein,
la Policía
Federal
Argentina
(30 de marzo
de
1979) y el Comando en Jefe del Ejército
(fs. 52, lO de abril de 1979).
Estas
falsedades
son imputables
al Teniente
General
Roberto
Eduardo
Viola.