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A todo ello deben sumarse los elementos de prueba que se ana-

09/03/1977 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
MIGRACION_EXTRANJERIA
Tomo 341 ID: fallos_341_724

Voces / Materias

ASILO

Texto del Fallo

728 FALLOS DE LA CORIE SUPREMA A todo ello deben sumarse los elementos de prueba que se ana- lizarán más abajo que demuestran que la víctima fue mantenida clandestinamente en cautiverio en centros de detención que actua- ban bajo el comando operacional del Ejército Argentino. Como consecuencia de su privación de libertad se hicieron ges~ tioues ante autoridades en procura de la averiguación de su paradero y libertad. En tal sentido, el Doctor Solari Yrigoyen declaró que el Senado de Venezuela, inmediatamente después de su cautiverio, reclmnó su libertad por vía diplomática. Manifestó que a instancias del Senado, el entonces presidente Carlos Andrés Pérez habló personalmente' con el General Videla por teléfono recibiendo como respuesta que se iba a estudiar el caso. Declaró también que el entonces Presidente de los E'stados Uni- dos, .James Carter, por presión de algunos miembros del Congreso,. especialmente el senador Kennedy, ordenó a la Subsecretaria de De- rechos Humanos, Patricia Derian, que se interesase por varios ciuda- danos argentinos, entre los que se contaba. También la Unión Interparlamentaria Mundial aprobó una reso- lución por. la' cual reclamó la libertad de la víctima y condenó al gobierno argentino por su prisión y por la muerte del ex diputado Amaya. El Senado Francés, por unanimidad, dictó una resolución conde- nando estos hechos y el embajador de Francia en la República le .ofreció asilo a su esposa una vez que recuperara su libertad. Por su parte, el Comité Nacional de la Unión Cívica Radical repudió su detención y la del doctor Amaya mediante dos COlTIU- nicados, uno producido inmediatamente del hecho y otro el 9 de marzo de 1977. También reclamaron por su libertad, Amnesty International y la Internacional Socialista.