DE JUSTICIA
18/07/1977
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_767
Jueces
García
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
771
A los detalles minuciosos
que da la Lewin de GarcÍa, sobre su
actividad en cautiverio, se debe agregar como corróborantes los di-
chos de los otros testigos de detención ya mencionados, que indican
que vieron a la damnificada desarrollar diversas actividades
en la
ESMA.
_ No se encuentra probado que Myriam Lewin de GarcÍa haya sido
sometida a tormentos durante su cautiverio.
En efecto, ella misma dice en su declaración que no se la some-
tió a ningún tipo 4e tortura física.
Por último, s~rge de autos, que los hechos que damnificaron a
Myriam Lewin de GarcÍa fueron desarrollados de asuerdo al proce~
der descripto
en la cuestión
de hecho N? 146.
CASO N? 206: HIDALGO SOLA, HECTOR MANUEL
Los elementos
de juicio reunidos en el proceso sólo permiten
tener por cierto, que el 18 de julio de 1977, Héctor Manuel Hidalgo
Solá, desapareció.
Su cónyuge e hijo, tanto en la audiencia oral con;lOen e~ expe.
diente 7844, del Juzgado Federal 5, Secretaría
15, coincidieron
en que
ese fue el último día que vieron al nombrado; ninguna otra prueba
se ha logrado que sea conducente al esclarecimiento
de las circuns-
tancias en que fuera privado de su libertad, origen de las fuerzas
presuntamente
actuantes y probable lugar de cautiverio.
Hasta
la fecha nada se supo de él.
.Por último, no está probado que el hecho de que fuera víctima,
respondiera a alguno de los procederes descriptos en las cuestiones
de hecho 144 a 147.