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Por fin, cabe tener por cierto que los hechos. de que fue víctima

14/08/1979 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PENAL
Tomo 341 ID: fallos_341_846

Voces / Materias

ROBO

Texto del Fallo

850 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA Por fin, cabe tener por cierto que los hechos. de que fue víctima Víctor Melchor Basrerra respondieron al proceder descripto en la cuestión de hecho N? 146. CASO N? 238: BRODSKY, FERNANDO RUBEN Está probado que el 14 de agosto de 1979, Fernando Rubén Brodsky, en horas de la noche, fue privado de su libertad en su domicilio de Líbano 320, Villa Martel1i, Pcia. de Buenos Aires, por fuerzas 'armadas. Ello es así en virtud de los dichos de la madre de la víctima en sus. declaraciones ante este Tribunal, así como las que surgen del Anexo II correspondiente a la causa N? 9600 del Juzgado Fede- ral N? 3, Secretaría 7, de Capital Federal. Esta señora suministra los datos de acuerdo a referencias que obtuvo de vecinos al domi- cilio de Brodsky. Esto es corroborado por el testigd Néstor Gutiérrez Cadena, en esta causa y en la del Juzgado Federal N'? 3, al manifestar que era vecino del damnificado y que vio cuando hombres armados, que se identificaron como de la Policía Federal, d~ civil, golpeaban y detenían a Brodsky (fs. 421 en fotocopia). También están los dichos de la Sra. Ida María Drei, en ese sumario del Juzgado Federal N? 3, fs. 400 de las fotocopias, la que dice ser vecina del' damnificado y que si bien no vio cuando éste era llevado, al oír ruido salió fuera de su don1icilio, observando a hombres armado~ los que le manifestaron que era un procedimiento y que regresara a sus aposentos. Este aserto se encuentra robustecido por los recursos de hábeas corpus interpuestos a su favor, como el que tramitara ante el Juz- gado Federal N? 3 de Capital Federal y la averiguación por su pri- vación de libertad que se instruyera ante el Juzgado Penal N'? 6 de San Isidro, Pcia. de Buenos Aires, y que van fotocopiados en el Anexo II del sumario N? 9600 del Juzgado Federal N? 3, a la que