CASO N~ 257: MENDEZ
14/01/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_878
Voces / Materias
BANCO
ROBO
DELITO
Texto del Fallo
882
FALLOS DE LA CORTE SUPRE.MA
CASO N~ 257: MENDEZ
DE FALCONE, NELVA ALICIA
Está probado
que en horas
del mediodía
del 14 de enero de 1978,
NeIva Alicia Méndez
de Falcone
fue detenida
en la calle
Belgrano
al 800 de
la ciudad. de San Martin,
partido
de igual
nombre,
Pro-
vincia
de
Buenos
Aires,
por
personal
de
la
Policía
Federal,
como
puesto
por
cuatro
uniformados
y
tres
civiles,
los
que
circulaban
en
un patrullero
de esa
repartición.
Tal es lo que
surg~ de sus propios
dichos
los que encuentran
apoyatura
en las declaraciones
testimoniales
de
Norma
Beatriz
Ber-
nal
(ver dcelaración
efectuada
ante
este
Tribunal)
complementada
con los dichos
de Osear Alfredo
González y Horacio
Guillermo
Cid
de la Paz, los que deponen
ante la Comisión
Nacional
de Desapari-
ción
de
Personas
(y son
luego
oídos
testimoniahnente
mediante
rogatOl-ia),
siendo
los tres
compañeros
de cautiverio
de la causante.
Nc]va
Alicia
Méndcz
de Falcone
cumplió
su cautiverio
en el in-
mueble
denominado
"El Banco", utilizado
como centro clandestino
de detención
y perteneciente
a la Policía
Federal
que a la sazón
de-
pendía
operacional mente
del Primer
Cuerpo
del Ejército
Argentino.
Tal es
lo
que
resulta
de sus
propios
dichos
corroborados
con
los
testimonios
de
sus
compañeros
de
cautivcrio
Bernal,
González
y Cid de la Paz, quienes
se producen
en forma
coherente
y concor-
dante
en cuanto
a que les consta
la permancncia
de la causante
eh
ese
lugar,
dando
motivos
de tales
afirmaciones.
No
está
probado
que
en
ocasión
de
su
cautiverio
haya
sido
sometida
a algím
mecanismo
de tortura.
Aún cuando
la propia
víctima
así
]0 afirma,
de las actuaciones
no surge
prueba
alguna
que
apuntale
sus
dichos.
Idéntico
fundamento
sirve
para
descartar
el delito
de robo
de
su automóvil,
por el cual
el señor
Fiscal
también
acusa.
,
Nelva Alicia Méndez
de Falcone
recuperó
su libertad
el 27 de
febrero
de 1978.