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DE LA CORTE SUPRE1-fA

22/07/1978 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_964

Voces / Materias

BANCO ROBO

Texto del Fallo

968 FALLOS DE LA CORTE SUPRE1-fA que fuera -víctima Isidoro Osear Peiia y sobre cuya base debían haber formulado ]a pertinente denuncia, conviene hacer una dis- tinción. En cuanto a los Comandantes de la Fuerza Aérea Argentina y ]a Armada Argentina, mal puede adjudicársclcs conocimiento de estos hechos si se tiene presente que se trató de un procedimiento ajeno a ellos. Respecto del Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo de su comandancia del arma con po~tcrioridad a la detención, que permitan acreditar con fehacicncia tal extremo. Por último, surge de autos que los hechos que damnificaron a Isidoro Osear Peña fueron desarrollados de acuerdo al proceder des- cripto en la cuestión de hecho N? 146. CASO N? 319: CERRUTI, ISABEL TERESA Está probado que Isabel Teresa Cerruti fue detenida el día 22 de julio de 1978, en la intersección de las calles Jean Jaures y Co- rrientes de esta Capital, por personas que dependían ópcracional- mente del Ejército Argentino. Lo expuesto surge de su propia declaración, la que aún sin ser corroborada por otra probanza directa, encuentra amplia apoyatura en Jos testimonios de quienes fueron compañeros de cautiverio, que I serán materia de análisis seguidamente, y que le otorgan un com- pleto valor convictivo. A Isabel Ccrruti se la mantuvo en cautiverio en los centros clandestinos de detención denominados "EI Banco" y "El Olimpo", pertenecientes a la Policía Federal que dependía operacionalmente del Primer Cuerpo de Ejército. Así surge de Jos aportes testimoniales de Susana Caride, dete- nida en el mes de julio de 1978; Juan Carlos Guarino, detenido en el mes de agosto del mismo año, en cuanto dicen haberla visto en