DE LA CORTE SUPRE1-fA
22/07/1978
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 341
ID: fallos_341_964
Voces / Materias
BANCO
ROBO
Texto del Fallo
968
FALLOS
DE LA CORTE SUPRE1-fA
que
fuera
-víctima
Isidoro
Osear
Peiia
y
sobre
cuya
base
debían
haber
formulado
]a pertinente
denuncia,
conviene
hacer
una
dis-
tinción.
En cuanto
a los Comandantes
de la Fuerza
Aérea Argentina
y ]a
Armada
Argentina,
mal
puede
adjudicársclcs
conocimiento
de estos
hechos
si se tiene
presente
que se trató
de un procedimiento
ajeno
a ellos. Respecto
del Teniente
General
Leopoldo
Fortunato
Galtieri
no existe elemento alguno, como no sea el dato puramente objetivo
de su comandancia
del arma
con po~tcrioridad
a la detención,
que
permitan
acreditar
con fehacicncia
tal extremo.
Por último,
surge
de autos
que
los hechos
que
damnificaron
a
Isidoro
Osear Peña fueron
desarrollados
de acuerdo
al proceder
des-
cripto
en la cuestión
de hecho
N? 146.
CASO N? 319:
CERRUTI,
ISABEL
TERESA
Está
probado
que Isabel
Teresa
Cerruti
fue detenida
el día
22
de julio
de 1978, en la intersección
de las calles Jean
Jaures
y Co-
rrientes
de
esta
Capital,
por
personas
que
dependían
ópcracional-
mente
del
Ejército
Argentino.
Lo expuesto
surge
de su propia
declaración,
la que aún sin ser
corroborada
por
otra
probanza
directa,
encuentra
amplia
apoyatura
en Jos testimonios
de quienes
fueron
compañeros
de cautiverio,
que
I
serán
materia
de análisis
seguidamente,
y que
le otorgan
un com-
pleto
valor
convictivo.
A Isabel
Ccrruti
se
la
mantuvo
en
cautiverio
en
los
centros
clandestinos
de detención
denominados
"EI Banco" y "El
Olimpo",
pertenecientes
a la
Policía
Federal
que
dependía
operacionalmente
del Primer
Cuerpo
de Ejército.
Así
surge
de Jos aportes
testimoniales
de Susana
Caride,
dete-
nida
en el mes
de julio
de 1978; Juan
Carlos
Guarino,
detenido
en
el mes de agosto del mismo
año, en cuanto dicen haberla visto
en