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DE JUSTICIA

25/07/1978 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 341 ID: fallos_341_969

Voces / Materias

BANCO

Texto del Fallo

I DE JUSTICIA DE LA NACIÓN 973 racionalmente del Primer Cuerpo de Ejército desde mediados hasta fines del año 1978. Para ello, debemos recurrir a la prueba testimonial que da cuen- ta del cautiverio y de la gravedad de los tormentos a que fue so~ metida. Norma Teresa Leto, detenida el día, 25 de julio de 1978 y libe- rada el 14 de agosto de ese año (ver caso N? 321) comprobó la per- manencia en' "El Banco", de una persona a .la que llamaban "la Chilena". Susana Caride, detenida el 26 de julio de 1978 (ver caso 95) pudo también comprobar la condición en que se encontraba Huna joven chilena" de apellido Carreña, .dentro de "El Olimpo". Por último, Graciela Irroa Trotta, dice que conoció a una jo- ven mujer a quien la llamaban "chilena" dentro de HEl Banco". Norma Teres~ Leto, al referir a ella, señala que "estaba muy mal, no controlaba esfínteres". Susana Caride lo hace afirmando que la habían torturado desde la fecha en que supuestamente co- menzó su encierro, que supone fue en el mes de julio de ese año (1978) hasta el mes de diciembre en que se produce su traslado. Que durante todo ese tiempo el suplicio a que fue sometida fue constante, de una "forma brutal"; dice haberla visto y define su estado físico como "una masa de carne machacada" y con su es- tado psíquico "casi al borde de la locura". Fuera del antecedente meramente objetivo del haber coman. dado el anna Ejército con posterioridad al suceso, no es posible imputar al Teniente General Leopoldo Fortunato Galtieri omisión de denuncia ante la falta de prueba sobre el conocimiento que de ello pudo haber tenido. Con 'más razón cabe el rechazo de la pretensión pwritiva res- pecto del Almirante Jorge Isaac Anaya y los Brigadieres Generales Ornar Rubens Graffigna y Basilio Lami Daza, puesto que el hecho sucedió en una esfera distinta al arma que comandaban.