DE L\ CORTE SUPREMA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 341
ID: fallos_341_982
Texto del Fallo
986
FALLOS
DE L\ CORTE SUPREMA
En
efecto,
ninguna
probanza
,arrimada
al
JUJCIO
así
lo
indica.
Por otra parte,
del informe
elaborado
por la CONADEP figura
como
persona
desaparecida.
Se encuentra
acreditado
que
Mario
Osvaldo
Romero
fue
sorne.
tido. a"mecanismos
de torturas
durante
su cautiverio.
Ello
surge
de los dichos
de los
testigos
de alojamiento
de la
vÍclima
y' que
ya
fueron
mencionados
anteriormente,
sobre
las
,
lesiones
que el mismo presentaba.
No se ha
demostrado
el conocimiento
que
pudieran
haber
te-
nido
de este
hecho
los
Brigadieres
Generales
Ornar
Rubens
Graf-
figna
y Basilio
Arturo
Lami
Daza,
el
Teniente
General
Leopoldo
. Fortunato
Gallieri
y el Almirante
Jorge
Isaac
Anaya, por las razones
que se han dado,
respecto
del mi~mo tema, en casos
anteriores.
Por último,
surge de autos, que los hechos
que damnificaron
a
Mario
Osvaldo
Romero
fueron
desarrollados
de acuerdo
al proce-
der descripto
en la cuestión
de hecho
n~ .146.
CASO N~ 331: TORNAY NIGRO,
JORGE
ALBERTO
Está
probado
que
Jorge
Alberto
Tornay
Nigro
fue privado
de
su libertad
el H de
septiembre
de
1978, de su domicilio,
sito
en
Guayaquil
746 de esta
Capital,
por
un grupo
armado
perteneciente
al Ejército.
!
Lo expuesto
surge de los dichos
de su madre, ]a señora
Hurí
Antonia
Nigro de Tornay y de su esposa
María Rosa Mignone
de
Tornay
ante
la
Comisión
Nacional
sobre
Desaparición
de
Perso-
nas, donde relatan
que ante una citación
concurrieron
al departa-
mento
de su hijo donde notaron
un gran desorden
en el mis,roo y'
el
faltante
de varios
objetos
de valor.
El
encargado
del
edificio
les manifestó
que la víctima
había
sido
secuestrada
por gente
del
Ejército,
quienes
circulaban
en camjonctas
dq dicha
fuerza.