Olimpo
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_984
Voces / Materias
ROBO
DELITO
Texto del Fallo
988
FAllOS
DE LA CORTE SUPREMA
A Jorge
Alberto
Tornay
Nigro
se lo mantuvo
clandestinamente
en cautiverio
en el lugar de detención
conocido
como. el "Olimpo",
que
dependía
operacional mente
del
Ejército
Argentino.
No
está
probado
que. Tornay
Nigro
recuperó
su
libertad,
ya
que la vÍCtima
no volvió a ser vista ni se tuvieron
más noticias
de
ella.
Respecto
del
robo,
en
razón
de
los
fundamentos
dados
más
arriba,
no cabe
tener
por acreditada
la comisión
de} delito
por
las
solas
declaraciones
de
su
madrc
y esposa
antc
la
CONADEP.
I
En cuanto
al conocimiento
que
pudieron
haber
tenido
los
Bri-
gadicrcn
Generales
Ornar
Rubens
Graffigna
y Basilio
Arturo
Lami
Daza, el Teniente
General
Leopoldo
Fortunato
Galtieri y el Almirante
Jorge
Isaac
Anaya acerca
de la privación
de la libertad
de que fue-
ra víctima
Jorge
Alberto
Tornay
Nigro
y sobre
cuya
base
debían
haber formulado
la pertinente
denuncia,
conviene
hacer una distinción.
En cuanto
a Jos Comandantes
de la Fuerza Aérea Argentina
y la
Armada Argentina mal puede adjudicárscles
conocimiento
de estos he.
chos si se tiene prcsente
que se trató dc un procedimiento
ajeno a
ellos. Rcspecto
dcl Teniente
General
Leopoldo
Fortunato
Galtieri
no
existe elemento
?-lguno, como no sea el dato puramente
objetivo
de
su comandancia
del arma con posterioridad
a la detención,
que per-
mitan acreditar con fehaciencia
tal extremo.
Por último, surge de autos, que los hechos
que damnificaron
a
Jorge
Alberto
Tornay
Nigro fueron
desarrollados
de acuerdo
al pro-o
ceder
descripto
en la cucstión
de hecho
n? 146.
CASO N? 332: ROSETTI,
BENJAMIN
El escaso
valor probatorio
de la prueba instrumental
traída al
proceso,
y los defectos
de la testimonial
a través de exhorto
brin-
dada por Osear Alfredo GOllzález, indican
que la dccisión
a recaer
respecto del caso no sea otra que la absolutoria.