DE JUSTICIA
Sin fecha
|
Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_991
Voces / Materias
ROBO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA N,\CIÓN
995
DO posee suficiente
relicve probatorio. como para fundar una deci-
sión
condenatoria.
CASO N? 341: MARQUAT DE BASILE, ADA CRISTINA
De autos
surge que Ada Cristina
Marquat
de Basile fue privada
de su libertad
el día 10 de novíembre
de 1978, en su domicilio,
sito
en Asunción
3500, piso
1?, departamento
5, de esta
Capital,
por un
grupo
armado,
que dependía
operacional mente
del Ejército
Argen-
tino.
En efecto,
Emilia
Smoli, a fs. 1 del recurso
de hábeas
cor-
pus interpuesto
en su favor y el de su esposo Enrique Luis Basilc1
ante
el 1uzgado
Nacional
de Primera
Instancia
en
lo Criminal
y
Correccional
Federal
N? 6 (causa N? 17). Allí se rclató
la forma
en
que un grupo
de hombres
que se identificaron
como pertenecientes
al SIDE, detuvieron
a la señora
Smoli de Basile a la salida del Ban-
co del Neuquén,
y luego de interrogarla
en un lugar
de detención
que posteriormente
reconoció
como "EI Olimpo", fu~ llevada
a la
casa de su hijo.
Allí se encontraba
la víctima,
quien fue privada
de su libertad.
Corroboran cstos asertos las constancias
del legajo formado al
respecto por la Comisión Nacional sobre Desaparición
de Personas,
y por Jos elementos
de prueba
colectados
que acreditan
que la vÍC-
tima fue mantenida clandestinamente
en cautiverio en un lugar que
dependía
del Ejército
Argentino.
Con motivo de la privación de libertad se hicieron gestiones ante
autoridades
en procura de la aveliguación
de su paradero y de su
libertad .
.En tal sen tido debe
tenerse
en
cuenta
el recurso
de hábeas
corpus
interpuesto
en su favor por Smoli de Basile, el 6 de diciem-
bre
de 1978, que arrojara
un resultado
negativo.
A Ada Cristina
Marquat
de Basile
se la mantuvo
clandestina-
mente
en cautiverio
en el lugar de detención
conocido
como
"EI