H Ve- subio
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 341
ID: fallos_341_1011
Voces / Materias
ROBO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA
DE LA NACIÓN
1015
En este sentido la víctima relató
que al ser detenido fue con-
ducido encapuchado
a un lugar que luego identificó
como"H
Ve-
subio" según detalles
periodísticos
aparecidos
posteriormente
y el
reconocimiento
que hiciera
en la -Comisión Nacional
de Desapari-
ción de Personas.
Declaró además
que juntp
con algunos de sus compañeros
de
cautiverio
fue trasladado
en un taxímetro,
del cual se había
apro-
piado
previamente,
y dejados' en las proximidaades
del
Batallón
de Villa Martel1i, donde fueron
conducidos
con posterioridad.
Estos
dichos
encuentran
corroboración
con
los
de Alejandra
Nafta!, Alfredo Luis Chávez, Samuel Leonardo
Zaidman
y Claudia
Niro, quienes declararon
haber visto a la víctima en "El Vesubio".
Por ~u parte, tanto Zaidman como Niro corroboraron
los dichos
de la víctima, en el sentido de que fueron
trasladados
en un taxí~
metro
hasta
el Batallón
de Villa Martelli, donde fueron
colocados
en una misma celda.
No está probado,
en cambio, que en ocaSlOn de su cautiverio
fuera sometido
a algún mecanismo
de tortura.
Ni de los dichos de la víctima ni de ningún" otro elemento
de
prueba
colectado
surge
tal
circunst~lpcia.
Guillermo
Horacio Dascal recuperó
su libertad
el día 5 de oc-
tubre
de 1978.
Los dichos de la víctima, en el sentido de que fue liberado en
dicha fecha, se corroboran
con los de Samuel Leonardo
Zaidman.
Por último,
surge
de autos,
que
el hecho
que
damnificara\ a
Guillermo Horacio
Dascal fue desarrollado
de acuerdo
al proceder
descripto
en la cuestión
de hecho N? 146.