Recurso de hecho deducido por la defensa de Carlos Norberto Correa y Roberto César Correa en la causa Correa, Carlos Norberto y Correa, Roberto César si incidente de recusación -causa Nº 9.542-
26/06/1991
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
PENAL
Tomo 352
ID: fallos_352_95
Voces / Materias
QUEJA
DELITO
BANCO
EJECUCIÓN
RECURSO EXTRAORDINARIO
NULIDAD
Normas Citadas
ley 48
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 26 de junio de 1991.
Vistos los autos: "Recurso de hecho deducido por la defensa de Carlos
Norberto Correa y Roberto César Correa en la causa Correa, Carlos Norberto
y Correa, Roberto César si incidente de recusación -causa Nº 9.542-", para
decidir sobre su procedencia.
Considerando:
Que el bien fundado dictamen del señor Procurador General -cuyos
fundamentos y conclusiones esta Corte hace suyos por razón de brevedad-
demuestra que el recurso extraordinario, cuya denegación motiva esta queja,
no se dirige contra la sentencia definitiva a la que se refiere el arto14 de la
ley 48, y que en el particular caso sub examine no median razones para
equiparada a dicha sentencia. Sin perjuicio de ello, cabe añadir que la vía
idónea para el apartamiento deljuez en el caso de imputársele mal desempeño
o delito en el ejercicio de su función es la que prevé el arto 45 de la
Constitución Nacional y no la prevista por los arts. 74 y siguientes del
Código de Procedimientos en Materia Penal.
Por ello, de conformidad con el referido dictamen, se desestima la queja.
Dase por perdido el depósito de fs. 1e intímese a Roberto César Correa a que
dentro del quinto día, y conforme a las pautas establecidas por la acordada
Nº 54/86, efectúe el depósito que dispone el arto 286 del Código Procesal
Civil y Comercial de la Nación, en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires,
a la orden de esta Corte y bajo apercibimiento de ejecución. Hágase saber y
archívese.
RICARDO
LEVENE
(H) -
CARLOS S. FAYT -
AUGUSTO
CÉSAR
BELLUSCIO
-
JULIO S. NAZARENO
-
EDUARDO
MOLINÉ
O'CONNOR.
DE JUSTICIA DE LA NACION
314
OSV ALDO ANDRES CACCIATORE
657
RECURSO EXTRAORDINARIO:
Requisitos propios.
Sentencia
definitiva. Resoluciones
anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
Las resoluciones cuya consecuencia sea la obligación de seguir sometido a proceso
criminal no reúnen, por regla, la calidad de sentencia definitiva.
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos propios. Sentencia
definitiva. Resoluciones
anteriores a la sentencia definitiva. Varias.
No constituyen sentencia definitiva los pronunciamientos que no admiten nulidades
procesales.
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos
propios.
Sentencia
definitiva.
Concepto
y
generalidades.
Las restricciones normales que derivan del sometimiento a juicio no configuran un
perjuicio de imposible reparación ulterior.
RECURSO
EXTRAORDINARIO:
Requisitos
propios.
Sentencia
definitiva.
Concepto
y
generalidades.
La invocación de garantías constitucionales o de arbitrariedad no suple la ausencia de
definitividad de la resolución impugnada.