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Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-

31/10/1995 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
PROCESAL_EVIDENCIA
Tomo 365 ID: fallos_365_59

Jueces

Petracchi Belluscio Levene

Voces / Materias

RECURSO DE QUEJA

Texto del Fallo

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 31 de octubre de 1995. Autos y Vistos: Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu- rador General, a cuyos términos cabe remitirse en razón de brevedad, se declara que debe conocer en la causa en la que se originó este inci- dente, el Juzgado en lo Criminal y Correccional No 9 de San Isidro, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. Hágase saber al Juz- 2130 FALLOS DE LA CORTE SUPREMA 318 gado en lo Criminal y Correccional Federal No 2 de San Isidro, Provin- cia de Buenos Aires. EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO — ENRIQUE SAN- TIAGO PETRACCHI — RICARDO LEVENE (H.) — GUSTAVO A. BOSSERT. BORIS ISSAC TURKENICH Y OTROS V. MARTHA SUSANA MAFFEI RECURSO DE QUEJA: Depósito previo. No corresponde la ampliación del plazo para efectuar el depósito previo (art. 286 del Código Procesal) solicitada con fundamento en las especiales circunstancias económicas del país y el carácter de empleados en relación de dependencia de los recurrentes.