Turri, Ana María el Siembra A.F.J.P.
19/09/2000
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CONSTITUCIONAL
Tomo 379
ID: fallos_379_210
Jueces
Petracchi
Belluscio
Vázquez
López
Voces / Materias
RECURSO EXTRAORDINARIO
COMPETENCIA
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 19 de septiembre de 2000.
Vistos los autos: "Turri, Ana María el Siembra A.F.J.P. S.A. sI des-
pido".
Considerando:
Que este Tribunal comparte íntegramente los fundamentos y con-
clusiones expuestos por el señor Procurador Fiscal en su dictamen de
fs. 473/473 vta. al que cabe remitir, en razón de brevedad.
Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario
y se deja
sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Costas en el
orden causado en atención a las circunstancias de la controversia (art.
68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Na-
ción). Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien co-
rresponda se dicte nuevo fallo con arreglo al presente. Notifíquese y,
oportunamente, remítase.
EDUARDO
MOLINÉ
O'CONNOR
-
AUGUSTO
CÉSAR
BELLUSCIO
-
ENRIQUE
SANTIAGO PETRACCHI
-
ANTONIO
BOGGlANO -
GUILLERMO
A. F. LóPEZ
-
GUSTAVO A. BOSSERT -
ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.
DOLCE NEVE S.A.
RECURSO
ORDINARIO
DE APELACION;
Tercera instancia.
Sentencia
definitiva.
Resoluciones
anteriores.
No constituye sentencia definitiva, a los efectos del recurso ordinario de apela-
ción, la que se limita a declarar la competencia del Tribunal Fiscal para resolver
sobre el tema planteado, devolviéndole los autos a fin de que se pronuncie al
respecto.
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FALLOS
DE LA CORTE SUPREtlIA
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