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Turri, Ana María el Siembra A.F.J.P.

19/09/2000 | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CONSTITUCIONAL
Tomo 379 ID: fallos_379_210

Jueces

Petracchi Belluscio Vázquez López

Voces / Materias

RECURSO EXTRAORDINARIO COMPETENCIA

Texto del Fallo

FALLO DE LA CORTE SUPREMA Buenos Aires, 19 de septiembre de 2000. Vistos los autos: "Turri, Ana María el Siembra A.F.J.P. S.A. sI des- pido". Considerando: Que este Tribunal comparte íntegramente los fundamentos y con- clusiones expuestos por el señor Procurador Fiscal en su dictamen de fs. 473/473 vta. al que cabe remitir, en razón de brevedad. Por ello, se declara procedente el recurso extraordinario y se deja sin efecto la sentencia apelada con el alcance indicado. Costas en el orden causado en atención a las circunstancias de la controversia (art. 68, segunda parte, del Código Procesal Civil y Comercial de la Na- ción). Vuelvan los autos al tribunal de origen para que, por quien co- rresponda se dicte nuevo fallo con arreglo al presente. Notifíquese y, oportunamente, remítase. EDUARDO MOLINÉ O'CONNOR - AUGUSTO CÉSAR BELLUSCIO - ENRIQUE SANTIAGO PETRACCHI - ANTONIO BOGGlANO - GUILLERMO A. F. LóPEZ - GUSTAVO A. BOSSERT - ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ. DOLCE NEVE S.A. RECURSO ORDINARIO DE APELACION; Tercera instancia. Sentencia definitiva. Resoluciones anteriores. No constituye sentencia definitiva, a los efectos del recurso ordinario de apela- ción, la que se limita a declarar la competencia del Tribunal Fiscal para resolver sobre el tema planteado, devolviéndole los autos a fin de que se pronuncie al respecto. 2728 FALLOS DE LA CORTE SUPREtlIA 323