Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
27/05/2003
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 387
ID: fallos_387_302
Jueces
Belluscio
Nazareno
Vázquez
López
Voces / Materias
RECURSO ORDINARIO DE APELACION
Normas Citadas
ley 18.037
Texto del Fallo
FALLO DE LA CORTE SUPREMA
Buenos Aires, 27 de mayo de 2003.
Autos y Vistos:
Por los fundamentos y conclusiones del dictamen del señor Procu-
rador Fiscal, a los que cabe remitirse en razón de brevedad, se declara
que deberá entender en la causa en la que se originó el presente inci-
dente el Juzgado de Garantías Nº 3 del Departamento Judicial de San
Isidro, Provincia de Buenos Aires, al que se le remitirá. Hágase saber
al Juzgado Nacional en lo Penal Económico Nº 7.
JULIO S. NAZARENO — EDUARDO MOLINÉ O’CONNOR — AUGUSTO CÉSAR
BELLUSCIO — GUILLERMO A. F. LÓPEZ — ADOLFO ROBERTO VÁZQUEZ.
DE JUSTICIA DE LA NACION
326
1705
GRACIELA MONICA MONZON V. ANSES
RECURSO ORDINARIO DE APELACION: Seguridad social.
Corresponde confirmar la sentencia que reconoció el derecho a la pensión re-
clamado por la nieta de la causante –quien exhibe una discapacidad del 100%
de la total obrera y cuya situación familiar es equiparable a la orfandad– pues
el a quo interpretó los arts. 38 y 39 de la ley 18.037 indagando su verdadero
alcance mediante un estudio racional de sus términos, no desvirtuado por la
ANSeS, y dio preeminencia al sentido tuitivo que caracteriza a la materia a fin
de evitar el desamparo de la incapaz, que carece de posibilidades de proveerse
los medios de subsistencia y demostró haber estado a cargo económicamente
de la causante.